Óscar Urviola presidente del Tribunal Constitucional.
Jurista Guillermo Olivera Díaz dice que debería responder por cuestionado fallo que favorece a banco tenedor de bonos de la Reforma Agraria y sostiene que habría cometido prevaricato.
Al
comentar las reiteradas negativas del presidente del Tribunal Constitucional
(TC), Óscar Urviola, de conceder una entrevista a la prensa y en particular a
LA PRIMERA sobre el tema del pago de los bonos agrarios, el jurista Guillermo
Olivera Díaz dijo que dicho magistrado estaría ignorando la Constitución por
desconocer el derecho a la información. “Todo funcionario está obligado a
explicar, porque la Constitución reconoce a todo ciudadano el derecho a la
información. Un funcionario que se niega a informar en forma reiterada a la
población, a través de la prensa, está cometiendo una infracción
constitucional”, afirmó.
Añadió que, en todo caso, el Congreso tiene la facultad de obligar a Urviola a que declare en caso de que siga negándose a sustentar jurídicamente cómo y por qué decidió la aprobación de una resolución que determina la forma en que el Estado debe pagar por los bonos agrarios.
Sobre el voto del presidente del TC que decidió la mencionada resolución, Olivera dijo que Urviola cometió una ilegalidad al votar dos veces para decidir la sentencia que estaba empatada, ya que este y dos votaron a favor frente a otros tres magistrados que votaron en contra.
El presidente Urviola votó por segunda vez y desempató, es decir hizo un cuatro a tres, por un reglamento hecho por los mismos magistrados del TC que establece ese doble voto para desempatar votaciones, lo que no corresponde a la ley, remarcó.
FRAUDE
Añadió que, en todo caso, el Congreso tiene la facultad de obligar a Urviola a que declare en caso de que siga negándose a sustentar jurídicamente cómo y por qué decidió la aprobación de una resolución que determina la forma en que el Estado debe pagar por los bonos agrarios.
Sobre el voto del presidente del TC que decidió la mencionada resolución, Olivera dijo que Urviola cometió una ilegalidad al votar dos veces para decidir la sentencia que estaba empatada, ya que este y dos votaron a favor frente a otros tres magistrados que votaron en contra.
El presidente Urviola votó por segunda vez y desempató, es decir hizo un cuatro a tres, por un reglamento hecho por los mismos magistrados del TC que establece ese doble voto para desempatar votaciones, lo que no corresponde a la ley, remarcó.
FRAUDE
Olivera sostuvo que Urviola, el exdecano del Colegio de Ingenieros del Perú (CIP) Juan Fernán Muñoz y el banco tenedor de bonos, habrían cometido un fraude en agravio del Estado al orquestar la ejecución del pago de los bonos de la deuda agraria.
Olivera dijo que el presidente del TC habría cometido delito de prevaricato, porque modificó el fallo del 15 de marzo del 2001, “ya que en la resolución del 16 de julio del 2013 se establecen cosas complementarias para la ejecución de la sentencia y por lo tanto modifican la sentencia que es cosa juzgada”.
Reiteró que los involucrados violaron el artículo 139 de la Constitución, inciso segundo, que prohíbe a cualquier autoridad modificar un fallo que es cosa juzgada. “Los magistrados no tenían por qué ampliar el fallo anterior con criterios de valoración de bonos que no estaban en la sentencia del 15 de marzo del 2001”, precisó.
Agregó que la ley establece que hay un plazo de 10 años para reclamar una modificación en la ejecución de un fallo anterior. “En este caso lo hicieron después de 12 años, por lo tanto violaron el artículo 2001 del Código Civil y cometieron prevaricato”, enfatizó.
Refirió que el TC debió declarar inadmisible el pedido de ejecución de fallo realizado por Muñoz, porque tiene las características de una nueva demanda y no de un pedido enmarcado en un fallo anterior.
“Por su contenido, el pedido de Muñoz es una demanda, porque pide cosas diferentes al fallo. Cuando alguien hace un pedido de ejecución de fallo tiene que ser en los mismos términos de este fallo. Aquí hicieron un pedido nuevo, en otros términos, y eso es modificar el fallo y lo hicieron prevaricadoramente”, subrayó.
ESTADO EN PROBLEMAS
Los millones que están en juego
Josué Gutiérrez, presidente de la Comisión de Presupuesto del Congreso, ha informado que hasta el 2004, el cálculo de los bonos de la Reforma Agraria era de aproximadamente cuatro mil 500 millones de dólares.
El presidente del Tribunal Constitucional, Óscar Urviola, dio el martes 16 de julio el voto decisorio sobre la solicitud de ejecución del fallo de pago de bonos agrarios, luego de que los magistrados del Tribunal Constitucional quedaran empatados en la votación.
En dicha oportunidad, Urviola sostuvo que el Estado tiene un plazo de seis meses para reglamentar el pago de los bonos de la deuda agraria. El magistrado informó que el Gobierno tendrá que pagar los bonos en un periodo de ocho años. Destacó que el Ejecutivo posee el manejo de la hacienda pública y el Estado elegirá la forma de pago de la mencionada deuda.
RECUERDAN
Exdecano tenía mandato vencido
El jurista Guillermo Olivera Díaz señaló que el actual decano del Colegio de Ingenieros del Perú (CIP), Carlos Herrera Descalzi, recordó que el Tribunal Constitucional (TC) tenía conocimiento que el exdecano Juan Fernán Muñoz tenía su mandato vencido cuando formuló su petición de pago de los bonos agrarios.
“Sobre eso había una controversia judicializada, pero el TC no le exigió poderes con facultades actuales y específicas sobre esa petición monstruosa, temeraria y con mala fe procesal que favorecía a terceros (los bancos tenedores de bonos) y no al CIP”, dijo.
Agregó que hay fundadas razones para concluir que el TC y el CIP actuaron en pareja y de manera criminal, “lo cual explica el doloso ocultamiento que hizo el TC de la solicitud temeraria de Muñoz Rodríguez desde el 2011 hasta el 2013 en que se resuelve”.
Llamil Vásquez
Redacción
desde
México Eduardo Bueno
León
Sociólogo y Politólogo egresado de la Universidad
Complutense de Madrid. Master en Estudios del Desarrollo por la misma
universidad. Doctor en Estudios Latinoamericanos por la UNAM. Distinguido
miembro de la Comisión Política del Partido del Pueblo (PdP)
San Dionisio Romero (BCP) y Fondo buitre Gamercy son dueños de 80% de los bonos agrarios
Interesados. El Banco de Crédito del Perú (BCP) y el
Fondo de Inversión Gramercy de Estados Unidos tendrían el 80% de los bonos
agrarios, que habrían comprado a precio muy bajo.
En el marco de la reforma agraria, entre junio de
1969 y la primera mitad de la década de los 80, más de 10 millones de hectáreas
pasaron de manos de los propietarios a los campesinos comuneros que antes
habían trabajado para las haciendas.
Según el historiador Carlos Monge, los propietarios
expropiados recibieron "bonos" de reforma agraria y algunos de ellos
los invirtieron en otras actividades económicas, como es el caso del Grupo
Romero.
"Otros retuvieron sus bonos y saludan la
decisión de que se les pague, pero discrepan del método propuesto por el Tribunal Constitucional (calcula la deuda en S/.
1.300 millones). Sin embargo, sus estimados son de S/. 10.900 millones",
explicó.
Monge también dice que un tercer grupo vendió sus
bonos a empresas que compraron barato y que hoy esperan hacer su negocio, los
cuales "serían el Banco de Crédito del Perú (20% de los bonos) y el
fondo de inversión Gramercy de Estados
Unidos (60%)".
"Si esto es verdad, la sentencia serviría
principalmente no para reparar a las 'víctimas de la reforma agraria', sino
para beneficiar a dos grandes empresas que han estado comprando bonos a precio
vil para embolsarse ahora sumas millonarias", consideró Monge en un
artículo publicado en el portal electrónico La Otra Mirada.
"¿Qué tal si pedimos a esos ex propietarios
que le paguen a las comunidades campesinas y los siervos y peones de haciendas
por las décadas y centurias previas de apropiación de sus tierra y su trabajo?
¿Y qué tal si devolvemos a las poblaciones nativas
todas las tierras que les fueron arrebatadas desde la conquista en adelante, o
al menos su valor en dinero, bien dolarizado y a precios actualizados?",
se preguntó Monge.
En contraparte a esta opinión, Fernando Sabogal,
presidente de la Asociación de Agricultores Expropiados Por Reforma Agraria
(Adaepra), argumentó que en el proceso expropiatorio, el juez de tierras
convocó a junta de acreedores y canceló las acreencias de los expropiados con
bonos de la deuda agraria.
"Imponiendo el artículo 58 de la Ley de
Reforma Agraria, los bancos fueron obligados a recibir bonos en cancelación de
los préstamos concedidos a los agricultores expropiados, por lo que en
aplicación de la norma citada, nuestro asociado, el Banco de Crédito del Perú
fue obligado a recibir bonos como pago de colocaciones", detalló.
Igual suerte corrieron los acreedores laborales y
comerciales, que por mandato legal tuvieron que aceptar bonos como cancelación
de sus acreencias.
"Han sido los gobernantes de los últimos 22
años los que han organizado la incertidumbre que ha beneficiado a los
especuladores. Los expropiados somos los primeros afectados por la especulación
y es obligación del presidente de la República romper con esta política y
afrontar con legalidad el problema de la deuda", acotó.
Agregó que Adaepra y el Banco de Crédito están en
contra de la campaña que se hace respecto al tema.
EL VALOR NO ESTÁ CLARO
Por su parte, Pedro Olaechea, director de la
Asociación de Tenedores de Bonos de la Reforma Agraria, afirmó que el fallo del
Tribunal Constitucional (TC) se está tornando oscuro conforme pasan las horas
porque no está clara la valorización de la deuda y ahora hasta se cuestiona su
calidad de perjudicados.
Según expertos, se estima que el porcentaje de pago
a los tenedores de los bonos de la reforma agraria representa alrededor del 2%
del PBI
y un poco menos del 7% en relación con la inversión pública.
En cifras
- 15 mil haciendas se habrían expropiado durante el régimen militar peruano, según cálculos.
- 2% del PBI representaría el pago de la deuda a los tenedores de los bonos de la reforma agraria.
Publicado hace Yesterday por CESAR
ACHING GUZMAN
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