martes, 3 de diciembre de 2013

UN PODER LEGISLATIVO PROPUESTO POR SUS PARES


Dr. Hugo SALINAS
Como su nombre lo indica, el Poder Legislativo tiene por misión principal el de legislar. Su rol no es político. Por consiguiente, mal hacen las organizaciones políticas en proponer a los legisladores; peor aún en participar en su elección. La prueba evidente de este mal entendido es el fenómeno malsano de la “repartija” de los grupos políticos para elegir los responsables de cuerpos técnicos. Este vicio, que hace mucho daño al país, debe terminar.
Actualmente el Legislativo no es un Poder autónomo porque, simplemente, ha sido elegido por los grupos políticos. De tal forma que, en lo esencial, sus decisiones son dictadas por el Presidente de la República y/o la alianza de grupos políticos en su seno. Con ello, deja de ser técnico, y se infringe el mandato del artículo 102 de la Constitución de la República. Es así como el Congreso ha perdido toda su substancia, autoridad y respetabilidad.
Si aceptamos que el Legislativo en el Perú no es un Poder del Estado, dado que son elegidos por los partidos políticos y no por sus pares[i], la pregunta que surge es: ¿Quiénes son sus pares?
Para dar respuesta a esta pregunta tenemos que, primero, devolver al Legislativo su autonomía con respecto al Poder Ejecutivo.
Así tenemos que el artículo 104 de la Constitución dice que “El Congreso puede delegar en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar […].” Entonces, ¿para qué se eligen congresistas? Basados en este artículo de la Constitución, los presidentes Humala, García, Toledo… han hecho escarnio del noble poder legislativo. Los políticos legislan, y los legisladores se someten.
Otro ejemplo, el artículo 57° de la Constitución estipula que “El Presidente de la República puede celebrar o ratificar tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso”, a pesar de que el artículo 102 en su numeral 3 señala que “Son atribuciones del Congreso […] aprobar los tratados”. Lo uno o lo otro, pero no los dos. Si el pueblo está de acuerdo en celebrar un determinado tratado, corresponde al Poder Legislativo, y a él solo, aprobar dicho tratado.
Segundo, existe intención de volver a la bicameralidad, con criterios obsoletos del tiempo de una naciente burguesía que se enfrentaba a los feudales y sus señores reyes. Así, por ejemplo, el artículo 165 de la Constitución 1979 precisa que “El Senado es elegido por las regiones […].” Un espíritu del medioevo que está en completa contradicción con las atribuciones del Congreso, tales como dar leyes, aprobar tratados, aprobar el presupuesto y la cuenta general, autorizar empréstitos… ¿Qué de particular aportarían los legisladores elegidos por regiones ante temas técnicos y de interés nacional? Sirven mayormente para trabar el buen funcionamiento del Poder Legislativo.
El criterio de procedencia de los legisladores debe ser otro. Así como al Presidente de la República lo proponen sus pares, los partidos políticos; los legisladores deberían ser propuestos por sus pares y sometidos a votación popular. ¿Quiénes son sus pares? Basta leer el artículo 102 de la Constitución para imaginarse los pares de los legisladores, en función de las atribuciones que se les confiere.
Tomemos el caso de los numerales 4 y 5 del citado artículo 102 de la Constitución, mediante los cuales los legisladores tienen que “Aprobar el Presupuesto y la Cuenta General”, y “Autorizar empréstitos”. Ya conocemos un Presidente de la Comisión de Presupuesto del Congreso que no sabía ni leer ni escribir, presa fácil de los poderes fácticos o del mismo Presidente de la República a través de su Ministro de Economía y Finanzas. Estos legisladores deben ser propuestos por universidades, institutos, y organismos especializados en dichas materias.
Es decir, el Congreso debe estar compuesto de varias comisiones, como las que existen actualmente, y no en cámaras de diputados y de senadores. Y los miembros de cada comisión deberían ser elegidos por el pueblo en base a las propuestas de las instituciones y organismos especializados en el ámbito de competencia de cada comisión. Sólo así tendremos legisladores con conocimientos, experiencia, y ungidos por el voto popular. En suma, un Poder Legislativo autónomo, eficiente y eficaz.
Y si queremos caminar al compás de la Historia, debemos orientarnos hacia la Democracia Directa en remplazo de esta Democracia Representativa y Participativa que nos ha acostumbrado a legisladores sumisos al Poder Ejecutivo, centralistas y, por añadidura, “come pollo”, “roba cable”… Pero para ello tendríamos que iniciar un proceso de Descentralización, muy diferente al actual proceso de desconcentración que se hace pasar por descentralización.
Lima, 2 de diciembre del 2013


 [i] SALINAS Hugo, ¿Existe un real Poder Legislativo?, in http://www.losandes.com.pe/Opinion/20130607/72080.html

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