jueves, 22 de septiembre de 2016

LA PRISIÓN PREVENTIVA ES USADA POLÍTICAMENTE EN CASOS MEDIÁTICOS




ABOGADO WILFREDO ROBLES advierte que medida cautelar puede emplearse abusivamente como una forma de establecer una pena anticipada.

Por Leny Vilca
Diario UNO

A pesar de la gama de medidas coercitivas para asegurar la presencia de un procesado, la mayoría de fiscales solicitan prisión preventiva sin una debida fundamentación de existencia de peligro procesal, el que se da en los casos de riesgo de fuga y obstaculización de la acción probatoria, declaró al diario UNO el abogado sanmarquino Wilfredo Robles. Esa situación es más notoria en los casos políticamente mediáticos donde los administradores de justicia imponen la prisión preventiva, por encima de que existan fundamentos o no, solo para satisfacer la voracidad de ciertas presiones políticas que buscan intimidar a la persona procesada o distraer a la opinión pública de asuntos más importantes, aseveró el defensor de la ex-congresista Nancy Obregón, quien fue liberada la semana pasada tras más de tres años en prisión por supuestos vínculos con el narcoterrorismo, hasta ahora no demostrados.“Hay pocos magistrados que tienen la valentía de desafiar esas presiones y que reconocen, de ser el caso, que no existen los elementos para ordenar una prisión preventiva; la que de ser impuesta aun sin la suficiente fundamentación tendría que llegar a la Corte Suprema para que pueda variar y hasta entonces, tal vez, ya habría vencido el plazo de la prisión preventiva”, explicó Robles.

PRESUNCIÓN  DE INOCENCIA
                                                                                            
Si bien lo que persigue la medida cautelar de prisión preventiva, fundamentada, es garantizar el resultado del proceso asegurando la presencia de la persona procesada, esta medida estaría afectando el derecho constitucional de presunción de inocencia.Donde, en casos más preocupantes, al término de la prisión preventiva interpuesta, la sala penal podría decirle al procesado que no hallaron pruebas que acrediten la acusación fiscal, absolviéndolo y enviándolo a su casa sin que nadie le resarza de todo el perjuicio, expresó el abogado.Muchas veces la prisión preventiva se interpreta como si ya fuera una condena y no lo es porque no hay un pronunciamiento sobre el fondo.El abogado aseveró que, en los casos en que los jueces optan por el facilismo de no fundamentar y mandar a todo al que le ponen al frente a la cárcel, están abusando de la facultad que tienen de privar a las personas de su libertad, la que es un derecho constitucional y solo puede ser restringida por lo que está establecido en la ley.“La regla general es la libertad, la excepción a la regla es la prisión preventiva pero sucede al revés, lo que aplican los jueces es la prisión preventiva y en casos excepcionales dictan la comparecencia”, manifestó.

DURACIÓN Y  AMPLIACIÓN

Sobre los tiempos de duración de prisión preventiva y las ampliaciones, Robles consideró que ha habido un avance al reducirse los tiempos pero que aún falta trabajar sobre ello.Antes existía el artículo 137 del llamado articulado vigente donde si el caso era complejo la persona podía pasar hasta 36 meses en prisión preventiva y en casos de terrorismo y narcotráfico se duplicaba a 36 meses más de manera automática, o sea una persona podía estar encerrada 6 años de su vida en una prisión, de los años 90 en que la prisión preventiva podía ser eterna, a hoy, hay un avance pero aun así me parece un tiempo excesivo”, explicó.Además, señaló que el plazo ordinario para una prisión preventiva es de hasta nueve meses pero casi todos los fiscales piden los nueve meses y no menos.

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“El que no se varíe el número de nueve meses también demuestra que los fiscales, al parecer, creen que no hay otra manera de llevar un proceso, distinta a una prisión preventiva pues en casi todo los procesos la tienen como una consigna”, anotó Robles.

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