sábado, 26 de enero de 2019

SISTEMA NACIONAL DE JUSTICIA INACTUAL. LA PRESENCIA DE FISCALES Y JUECES DE CALIDADES ACADÉMICAS, PROBIDAD Y EJECUTORES DE JUSTICIA DE LA VERDAD




Estimados amigos:
No es difícil asumir la responsabilidad de ir contra determina corriente conservadora que impera en nuestra república, porque sabemos de sus engaños y artificios que usan para envolver a peruanos que, recién tratados comos ciudadanos vienen aprobando el buen andar de los jueces insobornables, y que, antes paradójicamente realizaron actos y sentencias de injusticia, y nada legítimos socialmente.
Sin embargo, todavía la corrupción y la impunidad, la que aproximadamente en tres décadas que se pasaron, aún reinan, a pesar que entre el término del siglo XX y comenzando el 2000 el gobierno de la transición constitucional, bajo procesos adecuados a la ley inició juicios sumarísimos con el objetivo de encarcelar a cientos de funcionarios civiles y militares de la autocracia fujimorista que arrebató y se apoderó del dinero del tesoro público.
Las políticas anticorrupción no continuaron entre el 2001 a la actualidad, por eso vino otra segunda gran ola de actos de corrupción estatal y privada, donde la gran empresa brasilera tuvo en sus manos a funcionarios públicos, incluidos presidentes de la república. Recién desde el extranjero llegaron a nuestras costas las noticias que dicha empresa había sobornado a peruanos nada insolventes, pero con mucha intención de tener dinero y compartir con la dirigencia de la empresa brasilera los delitos de apropiación ilícita, a través de las organizaciones para el crimen.
Este escrito su objetivo es relievar la presencia minoritaria de jueces y fiscales, tomando como ejemplo a Richard Concepción Carhuancho que han asumido la tarea de hacer y realizar justicia, pero desterrando los esquemas tradicionales de jueces dispuestos al acomodo siguiendo a la corriente de no servir a la ciudadanía e impartir por igual la justicia, sin los privilegios de quienes ostentan tanto poder como el dinero mal ha habido y que resultan ser los corruptos.
Atentamente,
Fernando Arce meza

SISTEMA NACIONAL DE JUSTICIA INACTUAL. LA PRESENCIA DE FISCALES Y JUECES DE CALIDADES ACADÉMICAS, PROBIDAD Y EJECUTORES DE JUSTICIA DE LA VERDAD
El poder judicial y todos los organismos creados del sistema nacional de justicia, llámese ministerio público han venido funcionando como organismos de segunda clase, ellos se han colocado respetando el predominio de los otros poderes públicos: ejecutivo y legislativo. Sí hasta la década del 80, si mal no recuerdo, un vocal supremo antes de serlo era seleccionado por el ejecutivo y se remitía su propuesta al legislativo, para su designación. Esto demostraba que por ciento cincuenta años y más de vida republicana el PJ dependía de los dos poderes públicos mencionados.
Asimismo, los partidos políticos como el aprismo se infiltraban, para ubicar a sus partidarios y simpatizantes en las cortes que nombraba titulares y suplentes en el inmenso universo de jueces y agentes fiscales en todo el país, lo cual determinaría una justicia muy sesgada y politizada. No se niega que otros partidos también lo hayan hecho, de esta manera subsistía un seudo poder público de la justicia en nuestro país.
Este fenómeno de la politización contemporánea en el poder judicial venía a sumar, pues antes el poder judicial en las épocas de los distintos períodos de la república aristocrática de comienzos del siglo XX, se nombraba a vocales supremos a reconocidos académicos pertenecientes a los grupos de poder. Con Leguía comienza la república autoritaria en 1919 y termina en 1956 al abandonar el gobierno el general Odría; con la Patria Nueva nada cambio, aunque ya los magistrados no resaltaban de ser académicos de nota y poco a poco se fue llenando hasta hoy en día de jueces y fiscales de débil formación en el derecho público, siendo ex alumnos provenientes de tantas facultades de derecho que, a partir de los años 70, no estaban ni están calificadas, para que los candidatos a jueces estén y sean debidamente formados.
Apreciaciones sobre el sistema inadecuado de ejercer justicia
Esto último ha ocurrido, aun cuando se crearon, por ejemplo el Consejo Nacional de la Magistratura –CNM- que, como bien sabemos el mismo CNM estuvo plagado de abogados mediocres y corruptos, lo que fue motivo de desafuero y cierre definitivo del CNM. Ahora, estamos a la espera que se constituya un consejo de magistrados con formación académica de primera, y que aparte de su idoneidad, se sepa de antemano que han tenido y tienen una conducta personal que respondan a principios éticos y que tengan una moral de trabajo como para ser verdaderos jueces y fiscales que apliquen justicia.
En síntesis,  los miembros del sistema nacional de la administración de justicia no han servido para dar confianza y seguridad jurídica, de allí que sus sentencias no responden a criterios convincentes, y que a la vez respondan con auténtico acierto a las disposiciones legales y constitucionales. Es decir, el poder de la justicia no ha sido el apropiado y además le ha faltado unidad entre los diversos órganos de justicia y la fiscalía, además del resto de entidades que sin pertenecer al PJ y MP administran justicia, no ha habido relación de cercanía y prelación entre ellos, ni tampoco de carácter vinculante.
Así, por ejemplo la Contraloría General tiene centros de investigación final para las sanciones bajo los “procesos de determinación de responsabilidades” –PDR- aun cuando hoy tenga otra estructuración -en especial de sus componentes-, no hay un carácter vinculante, cuando ante los indicios de haber cometido comisión de delitos por parte de los funcionarios públicos, se procede a denunciar al ministerio público y al poder judicial; estas denuncias son tomadas solamente como tales (referencias) desconociendo que la CG ha investigado, a través de auditorias y/o exámenes especiales, para pasar a consejos de juzgamiento al existir irregularidades y ante la gravedad en los hechos, los procuradores tipifican las sanciones en cuanto a que sean delitos penales. Toda esa labor no resulta importante, porque sin mayor tráamite no se abren las acusaciones de inmediato, para ser elevadas luego a los juzgados, a fin de proceder al dictado de las sentencias condenatorias correspondientes.  
Esto significa que al no ser vinculantes, los actos irregulares denunciados teniendo una prolija investigación, y por ello merece las sanciones de ley. Los poderes de justicia, erróneamente vuelven a investigar e inician un nuevo proceso, para ello en primer lugar recurren a los peritos que son amigos – en su mayor parte-, los que carecen no solo de formación; sino que no conocen lo que significa el accionar de control público, los cuales son producto del trabajo realizado por equipos multiprofesionales. Esta es una demostración de la falta de coordinación entre la CG y el MP y el PJ. Esto también ocurre con la policía y otros entes públicos que, por demás aprecian la trascendencia de los delitos (Defensoría del Pueblo) o lo actuado por los tribunales fiscales. El poder judicial no ha tomado dirección en cuanto a resolver las condiciones de lo vinculante que una opción transparente, menos burocrática y de gastos mayores.  
Lo dicho explica que la administración de justicia no reúne las condiciones que ameriten ser un sistema nacional de justicia que funcione bajo una organización racional. Ello habría evitado tantos “cuellos blancos”, como renuncias anticipadas de los presidentes del PJ y pasar la odisea para el retiro del fiscal de la nación Pedro Chávarry, ni que los agentes de la justicia se vean obligados a renunciar o que fue necesario expulsarlos por actos reñidos contra la moral de trabajo. Es por demás precisar que la situación actual de la justicia es inapropiada y paradójicamente no hace honor a realizar justicia.
No podemos dejar de significar algo evidente que perturba el accionar de la justicia, como es existencia de la división de jueces y fiscales por cuestión de principios, se mantienen densos residuos de un sistema que todavía  predomina un pragmatismo impuesto sin una concepción en unidad en el accionar de la justicia y olvido por lo moderno en cuanto de haberse perdido  tiempo en reformas pertinentes, ello también responde a la falta de principios éticos y la práctica de la moral de trabajo, la cual ha estado ausente de los  juzgados y las fiscalías.
Una justicia que desde la independencia no tuvo autonomía, la carrera judicial fue burocratizada, no hubo respeto a los ascensos en los escalones judiciales,  primó el favoritismo (amiguismo) y en otras obedeció al orden político que conllevó a su politización. Nunca llegó a ser un poder del Estado y por último los más entendidos en estos asuntos proponen optar por un sistema nacional de justicia, que tenga un Presidente que no dependa de Corte Suprema, ni del  MP, esta propuesta es importante requisito para ser un Poder del Estado.
Sin conocimientos, ni decisiones por formular verdaderas políticas públicas conllevan a la división como ya hemos mencionado, en cuanto a los miembros de los organismos de justicia: una primera parte, lamentablemente mayoritaria, conserva y práctica los lineamientos de un poder del ejercicio  de la justicia quieta que, sólo observa al pie de la letra las disposiciones y códigos, sin haber visto que en especial que los procedimientos han cambiando, y en consecuencia los dictámenes y sentencias ya no son de corte tradicional. El administrar justicia obedece a la renovación constante ante la presencia de lo que representa la diversidad de delitos y las penas que merecen los responsables en un entorno del respeto a los universales derechos humanos; y todo lo cual tendrá transparencia sin tregua a los corruptos.  
Esto último responde al desiderium de vivir bajo regimenes democráticos y por tanto luchar contra los autoritarismos y las autocracias de los gobiernos, particularmente del tipo de gobernantes que no responde al voto ciudadano y lo traicionan una vez en el poder. El Perú ha sido una de esas repúblicas bananeras en lo económico, y también hemos tenido en lo político, en el siglo XX y a autócratas como: Leguía, Odría y Kenya F, y los que no hicieron caso de la votación popular que, incluía no caer en la corrupción, caso de Toledo, que ya tiene prácticamente sentencia, pero que ha huido, los demás presidentes son tan conocidos que no merecen ser nombrados.
Una segunda parte de los agentes de la justicia son los que ya no siguen las líneas de quienes forman mayoría inactual ¿Quiénes son los jueces y fiscales que han cambiado el rumbo de un hacer justicia renovada en el Perú? Son los magistrados académicos, los que continúan preparándose, enseñan y  estudian cursos del derecho y de políticas de Estado, etc., y que sin ninguna duda han ingresado a la carrera de la magistratura, para hacer justicia igualitaria. Bajo todo lo dicho estos magistrados tienen una cosmovisión del Perú y del mundo, donde la democracia como sistema de gobierno impera, porque en puridad todos los ciudadanos son tratados de igual a igual.
Son quienes aparte de haber estudiado para ser abogados, entienden de los hechos mundiales y en especial peruanos en sus raíces y sus recorridos que enseña la narrativa histórica, y que en ellos no cabe la ilicito, falta de principios éticos y probidad en la función de ser juez o fiscal. Saben de las amenazas al nuevo orden de justicia de parte de los grupos de poder económico y los de poder político que en sus cúspides se generan organizaciones para el crimen.  Conocen del pasado vergonzante de políticos, empresarios y de tantos “egregios sagrados” que son presentados a la opinión pública, a través de los medios de información gracias a periodistas corruptos y desconocedores del currículo que se esconden sus vidas a nivel familiar y de su mal manejo en empresas y en general de la diversidad de identidades civiles existentes.  
La presencia de jueces y fiscales que Concepción Carhuancho asumen rectificaciones en favor de auténtico accionar de la justicia peruana  
En particular los jueces que dictan sentencias que forman parte de estas minorías son profesionales que sostienen relación amigable con personalidades no sólo del derecho, sino de otras especialidades que tuvieron y tienen resonancia entre otras razones de que nunca pasaron por ser cómplices de quienes elaboran sentencias contrarias a la verdad de los acontecimientos. Estos jueces actúan manteniendo firmeza no solo en su autonomía, sino también su relación funcional con jueces superiores y supremos, en ningún caso se someten a directivas y insinuaciones de los vocales superiores y/o supremos de torcer las sentencias por emitir.
Llegamos a lo que se hace necesario aclarar y precisar que el comportamiento como juez de Richard Concepción Carhuancho – peruano nacido en el ande mismo-, estudió en una universidad que no ostenta pergaminos, él supo aprovechar de las enseñas brindadas y se equilibraron con sus dotes personales, lo que lo ha hecho notable en la carrera judicial, esto desmentiría las críticas de que los magistrados no sobresalen por haber estudiado en universidades disminuidas en cátedras y enseñanzas.
En síntesis, el juez Concepción Carhuancho es un representante de la minoría renovada del cuerpo de magistrados del PJ, no solo por los conocimientos que ha alcanzado sumando la experiencia adquirida en el ejercicio de juez, lo que le permite su presencia en primera línea en dicho poder; sino igualmente se advierte que ostenta virtudes éticas como la probidad y de suyo una moral de trabajo, comprobando su calificación para su actual desarrollo de magistrado. Este tipo de juez no actúa condicionado a los esquemas de la judicatura pegada a los códigos y las leyes que se sigue literalmente.
Richard Concepción Cahuancho ostenta una información dedicada a su quehacer, lo que ayuda a interpretar bajo los nuevos elementos en cuanto a los efectos de considerar la realidad que en esos momentos se vive, lo que le da solidez a sus dictámenes, producto de investigar a quienes dan motivo a la apertura de las acciones procesales, provenientes de las acusaciones de la fiscalía. El entorno de la realidad resulta nuevo por su aplicación, considerando que el procesado la usa para manipular la verdad de los hechos.
Esto último es motivo de precisión más cuando resulta importante por la vinculación al cotidiano desarrollo de los casos judiciales. Unos lo toman como ejemplo y enseñanzas; y en cambio, para otros situados bajo el esquema tradicional -caso de las prisiones preventivas con todo lo que representa el trato de lo encontrado y por tanto, prestan para auténticas demostraciones del comportamiento delincuencial en el logro de la verdad-, y los veredictos no guardan fidelidad con la casuística judicial, al considerar no recluir a todos los enjuiciados, aun cuando las acusaciones estén perfectamente procesadas.
Esta dinámica procesal que utiliza Richard Concepción tiene que ver con el análisis sociológico, cuando existe una disyuntiva traducida en la política de Estado de lucha contra la corrupción, y de cómo dicho mal social azota a un país, porque la corrupción es disfuncional a la gobernanza y al orden de la defensa nacional. La comunidad de las ciencias sociales debe sentirse gratificada cuando en la actividad de juzgamiento no solo se recurre al análisis sociológico, sino que ello ratifica que la ciencia del derecho forma parte del reino de las ciencias sociales.
El juez Concepción Corhuancho asimila lo que hemos dicho de las políticas de Estado; sin embargo, si no las hay, estos jueces y fiscales, se adelantan no solo a la corte suprema y la junta de fiscales supremos; sino también al congreso y al ejecutivo, quedando ambos poderes demandados a emitir las leyes, las mismas que son vinculantes, para formular las políticas generales de gobierno sobre los puntos importantes del accionar judicial.
Esta evaluación de las políticas de Estado, en cuanto a luchar contra la corrupción que se ha vuelto endémica, porque no hubo ni estadistas, y políticos, ni legisladores, ni magistrados que avizorarán formas y fórmulas precisamente para encarar esa lucha y emitir finalmente políticas de Estado sobre el quehacer y la problemática judicial.
Asimismo, a estas carencias faltó decisión de los tres poderes del Estado, para asumir las responsabilidades del caso de combatir los males sociales, teniendo en cuenta las demandas de la población; es decir, el éxito de esa aprobación en la lucha compartida, ésta y el acabar con los corruptos poniéndolos en cárcel. Así, causas, batallas y resultados exitosos adquieren legitimidad social.
Específicamente la política de Estado que se encamina decididamente con dar por terminado el mal social de la corrupción son de obligado cumplimiento, ella guía y a la vez coloca no solo paradigmas y disyuntivas que alumbran la lucha, sino que se encarnan en los fiscales, jueces y la sociedad, y que, ante  por cualquier obstáculo formal de procedimientos y las decisiones sobre las prisiones preventivas. Las recusaciones ante los jueces superiores, en muchas oportunidades recién enterados de los casos, por éstas y frente a los alegatos de los abogados defensores, no pueden dejar de tomar en cuenta los mandatos convincentes en todas sus líneas de la política de anticorrupción.
Y por esta razón llamaremos formal como aquella expresión del juez superior Cesar Sahuanay que determina que solo hay “duda de la imparcialidad”, y por ello queda de lado el juez que lleva el caso, dando preeminencia en los fallos, particularmente, sin apreciar que el juez Richard Concepción está reafirmando comportamientos de partidos y personas en sus avances de sentencia final, es de todos conocido que el juez Sahuanay llegue a retirar a Concepción Carhuancho del juicio, sin darse por enterado que da la razón a la defensa del abogado H. Abanto, quien hace la recusación que falta a la lógica razonable –en términos judiciales y sobre todo jurídicos-, al hacer una demanda adelantada de la opinión el juez Concepción, se olvida de la calidad del acusado Jorge Yoshiyama Tanaka que ha sido requerido por la justicia: en la lectura de su prisión preventiva, y de no estar en el país; en consecuencia, declarado en fuga, de su residencia actual en los EEUU, bajo el artificio de una operación a la vista, al comprobar la opinión pública que la cirugía estética es practicable en el Perú y que hacerla fuera del país sería entorpecer a la justicia.  
En conclusión, los jueces de esa mayoría ignara a la modernidad judicial han ganado, usando artilugios que no condicen con los paradigmas de la política de Estado de la lucha contra la corrupción, se pierde una batalla, pero no la guerra; por tanto, estos jueces descuidados al desconocer que también los veredictos judiciales no escapan de la legitimidad social, o mejor se adhieren a la justicia humana, la que trasciende a las formalidades de los jueces banales.   
Surco 25 de Enero del 2019
La del estribo: Los tres reemplazantes de Richard Concepción Carhuancho resultaron o mejor son de la mayoría incapacitada e ignara, agregando sus “hazañas”, razones por lo demás están inhabilitados. ¿Volverá Concepción?

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