Estimados
amigos:
No es
difícil asumir la responsabilidad de ir contra determina corriente conservadora
que impera en nuestra república, porque sabemos de sus engaños y artificios que
usan para envolver a peruanos que, recién tratados comos ciudadanos vienen
aprobando el buen andar de los jueces insobornables, y que, antes
paradójicamente realizaron actos y sentencias de injusticia, y nada legítimos
socialmente.
Sin
embargo, todavía la corrupción y la impunidad, la que aproximadamente en tres
décadas que se pasaron, aún reinan, a pesar que entre el término del siglo XX y
comenzando el 2000 el gobierno de la transición constitucional, bajo procesos
adecuados a la ley inició juicios sumarísimos con el objetivo de encarcelar a
cientos de funcionarios civiles y militares de la autocracia fujimorista que
arrebató y se apoderó del dinero del tesoro público.
Las
políticas anticorrupción no continuaron entre el 2001 a la actualidad, por eso
vino otra segunda gran ola de actos de corrupción estatal y privada, donde la
gran empresa brasilera tuvo en sus manos a funcionarios públicos, incluidos
presidentes de la república. Recién desde el extranjero llegaron a nuestras
costas las noticias que dicha empresa había sobornado a peruanos nada
insolventes, pero con mucha intención de tener dinero y compartir con la
dirigencia de la empresa brasilera los delitos de apropiación ilícita, a través
de las organizaciones para el crimen.
Este
escrito su objetivo es relievar la presencia minoritaria de jueces y fiscales,
tomando como ejemplo a Richard Concepción Carhuancho que han asumido la tarea
de hacer y realizar justicia, pero desterrando los esquemas tradicionales de
jueces dispuestos al acomodo siguiendo a la corriente de no servir a la
ciudadanía e impartir por igual la justicia, sin los privilegios de quienes
ostentan tanto poder como el dinero mal ha habido y que resultan ser los
corruptos.
Atentamente,
Fernando
Arce meza
SISTEMA
NACIONAL DE JUSTICIA INACTUAL. LA PRESENCIA DE FISCALES Y JUECES DE CALIDADES
ACADÉMICAS, PROBIDAD Y EJECUTORES DE JUSTICIA DE LA VERDAD
El poder
judicial y todos los organismos creados del sistema nacional de justicia,
llámese ministerio público han venido funcionando como organismos de segunda
clase, ellos se han colocado respetando el predominio de los otros poderes
públicos: ejecutivo y legislativo. Sí hasta la década del 80, si mal no
recuerdo, un vocal supremo antes de serlo era seleccionado por el ejecutivo y
se remitía su propuesta al legislativo, para su designación. Esto demostraba
que por ciento cincuenta años y más de vida republicana el PJ dependía de los
dos poderes públicos mencionados.
Asimismo,
los partidos políticos como el aprismo se infiltraban, para ubicar a sus
partidarios y simpatizantes en las cortes que nombraba titulares y suplentes en
el inmenso universo de jueces y agentes fiscales en todo el país, lo cual
determinaría una justicia muy sesgada y politizada. No se niega que otros
partidos también lo hayan hecho, de esta manera subsistía un seudo poder
público de la justicia en nuestro país.
Este
fenómeno de la politización contemporánea en el poder judicial venía a sumar,
pues antes el poder judicial en las épocas de los distintos períodos de la
república aristocrática de comienzos del siglo XX, se nombraba a vocales
supremos a reconocidos académicos pertenecientes a los grupos de poder. Con
Leguía comienza la república autoritaria en 1919 y termina en 1956 al abandonar
el gobierno el general Odría; con la Patria Nueva nada cambio, aunque ya los
magistrados no resaltaban de ser académicos de nota y poco a poco se fue
llenando hasta hoy en día de jueces y fiscales de débil formación en el derecho
público, siendo ex alumnos provenientes de tantas facultades de derecho que, a
partir de los años 70, no estaban ni están calificadas, para que los candidatos
a jueces estén y sean debidamente formados.
Apreciaciones
sobre el sistema inadecuado de ejercer justicia
Esto
último ha ocurrido, aun cuando se crearon, por ejemplo el Consejo Nacional de
la Magistratura –CNM- que, como bien sabemos el mismo CNM estuvo plagado de
abogados mediocres y corruptos, lo que fue motivo de desafuero y cierre
definitivo del CNM. Ahora, estamos a la espera que se constituya un consejo de
magistrados con formación académica de primera, y que aparte de su idoneidad,
se sepa de antemano que han tenido y tienen una conducta personal que respondan
a principios éticos y que tengan una moral de trabajo como para ser verdaderos
jueces y fiscales que apliquen justicia.
En
síntesis, los miembros del sistema nacional de la administración de
justicia no han servido para dar confianza y seguridad jurídica, de allí que
sus sentencias no responden a criterios convincentes, y que a la vez respondan
con auténtico acierto a las disposiciones legales y constitucionales. Es decir,
el poder de la justicia no ha sido el apropiado y además le ha faltado unidad
entre los diversos órganos de justicia y la fiscalía, además del resto de entidades
que sin pertenecer al PJ y MP administran justicia, no ha habido relación de
cercanía y prelación entre ellos, ni tampoco de carácter vinculante.
Así, por
ejemplo la Contraloría General tiene centros de investigación final para las
sanciones bajo los “procesos de determinación de responsabilidades” –PDR- aun
cuando hoy tenga otra estructuración -en especial de sus componentes-, no hay
un carácter vinculante, cuando ante los indicios de haber cometido comisión de
delitos por parte de los funcionarios públicos, se procede a denunciar al
ministerio público y al poder judicial; estas denuncias son tomadas solamente
como tales (referencias) desconociendo que la CG ha investigado, a través de
auditorias y/o exámenes especiales, para pasar a consejos de juzgamiento al
existir irregularidades y ante la gravedad en los hechos, los procuradores
tipifican las sanciones en cuanto a que sean delitos penales. Toda esa labor no
resulta importante, porque sin mayor tráamite no se abren las acusaciones de
inmediato, para ser elevadas luego a los juzgados, a fin de proceder al dictado
de las sentencias condenatorias correspondientes.
Esto
significa que al no ser vinculantes, los actos irregulares denunciados teniendo
una prolija investigación, y por ello merece las sanciones de ley. Los poderes
de justicia, erróneamente vuelven a investigar e inician un nuevo proceso, para
ello en primer lugar recurren a los peritos que son amigos – en su mayor
parte-, los que carecen no solo de formación; sino que no conocen lo que
significa el accionar de control público, los cuales son producto del trabajo
realizado por equipos multiprofesionales. Esta es una demostración de la falta
de coordinación entre la CG y el MP y el PJ. Esto también ocurre con la policía
y otros entes públicos que, por demás aprecian la trascendencia de los delitos
(Defensoría del Pueblo) o lo actuado por los tribunales fiscales. El poder
judicial no ha tomado dirección en cuanto a resolver las condiciones de lo
vinculante que una opción transparente, menos burocrática y de gastos mayores.
Lo dicho
explica que la administración de justicia no reúne las condiciones que ameriten
ser un sistema nacional de justicia que funcione bajo una organización
racional. Ello habría evitado tantos “cuellos blancos”, como renuncias
anticipadas de los presidentes del PJ y pasar la odisea para el retiro del
fiscal de la nación Pedro Chávarry, ni que los agentes de la justicia se vean
obligados a renunciar o que fue necesario expulsarlos por actos reñidos contra
la moral de trabajo. Es por demás precisar que la situación actual de la
justicia es inapropiada y paradójicamente no hace honor a realizar justicia.
No
podemos dejar de significar algo evidente que perturba el accionar de la
justicia, como es existencia de la división de jueces y fiscales por cuestión
de principios, se mantienen densos residuos de un sistema que todavía
predomina un pragmatismo impuesto sin una concepción en unidad en el
accionar de la justicia y olvido por lo moderno en cuanto de haberse perdido
tiempo en reformas pertinentes, ello también responde a la falta de
principios éticos y la práctica de la moral de trabajo, la cual ha estado
ausente de los juzgados y las fiscalías.
Una
justicia que desde la independencia no tuvo autonomía, la carrera judicial fue
burocratizada, no hubo respeto a los ascensos en los escalones judiciales,
primó el favoritismo (amiguismo) y en otras obedeció al orden político
que conllevó a su politización. Nunca llegó a ser un poder del Estado y por
último los más entendidos en estos asuntos proponen optar por un sistema
nacional de justicia, que tenga un Presidente que no dependa de Corte Suprema,
ni del MP, esta propuesta es importante requisito para ser un Poder del
Estado.
Sin
conocimientos, ni decisiones por formular verdaderas políticas públicas
conllevan a la división como ya hemos mencionado, en cuanto a los miembros de
los organismos de justicia: una primera parte, lamentablemente
mayoritaria, conserva y práctica los lineamientos de un poder del
ejercicio de la justicia quieta que, sólo observa al pie de la letra las
disposiciones y códigos, sin haber visto que en especial que los procedimientos
han cambiando, y en consecuencia los dictámenes y sentencias ya no son de corte
tradicional. El administrar justicia obedece a la renovación constante ante la
presencia de lo que representa la diversidad de delitos y las penas que merecen
los responsables en un entorno del respeto a los universales derechos humanos;
y todo lo cual tendrá transparencia sin tregua a los corruptos.
Esto
último responde al desiderium de vivir bajo regimenes democráticos y por tanto
luchar contra los autoritarismos y las autocracias de los gobiernos,
particularmente del tipo de gobernantes que no responde al voto ciudadano y lo
traicionan una vez en el poder. El Perú ha sido una de esas repúblicas
bananeras en lo económico, y también hemos tenido en lo político, en el siglo
XX y a autócratas como: Leguía, Odría y Kenya F, y los que no hicieron caso de
la votación popular que, incluía no caer en la corrupción, caso de Toledo, que
ya tiene prácticamente sentencia, pero que ha huido, los demás presidentes son
tan conocidos que no merecen ser nombrados.
Una
segunda parte de los
agentes de la justicia son los que ya no siguen las líneas de quienes forman
mayoría inactual ¿Quiénes son los jueces y fiscales que han cambiado el rumbo
de un hacer justicia renovada en el Perú? Son los magistrados académicos, los
que continúan preparándose, enseñan y estudian cursos del derecho y de
políticas de Estado, etc., y que sin ninguna duda han ingresado a la carrera de
la magistratura, para hacer justicia igualitaria. Bajo todo lo dicho estos
magistrados tienen una cosmovisión del Perú y del mundo, donde la democracia
como sistema de gobierno impera, porque en puridad todos los ciudadanos son
tratados de igual a igual.
Son
quienes aparte de haber estudiado para ser abogados, entienden de los hechos
mundiales y en especial peruanos en sus raíces y sus recorridos que enseña la
narrativa histórica, y que en ellos no cabe la ilicito, falta de principios
éticos y probidad en la función de ser juez o fiscal. Saben de las amenazas al
nuevo orden de justicia de parte de los grupos de poder económico y los de
poder político que en sus cúspides se generan organizaciones para el
crimen. Conocen del pasado vergonzante de políticos, empresarios y de
tantos “egregios sagrados” que son presentados a la opinión pública, a través
de los medios de información gracias a periodistas corruptos y desconocedores
del currículo que se esconden sus vidas a nivel familiar y de su mal manejo en
empresas y en general de la diversidad de identidades civiles existentes.
La
presencia de jueces y fiscales que Concepción Carhuancho asumen rectificaciones
en favor de auténtico accionar de la justicia peruana
En
particular los jueces que dictan sentencias que forman parte de estas minorías
son profesionales que sostienen relación amigable con personalidades no sólo
del derecho, sino de otras especialidades que tuvieron y tienen resonancia
entre otras razones de que nunca pasaron por ser cómplices de quienes elaboran
sentencias contrarias a la verdad de los acontecimientos. Estos jueces actúan
manteniendo firmeza no solo en su autonomía, sino también su relación funcional
con jueces superiores y supremos, en ningún caso se someten a directivas y
insinuaciones de los vocales superiores y/o supremos de torcer las sentencias
por emitir.
Llegamos
a lo que se hace necesario aclarar y precisar que el comportamiento como juez
de Richard Concepción Carhuancho – peruano nacido en el ande mismo-, estudió en
una universidad que no ostenta pergaminos, él supo aprovechar de las enseñas
brindadas y se equilibraron con sus dotes personales, lo que lo ha hecho
notable en la carrera judicial, esto desmentiría las críticas de que los
magistrados no sobresalen por haber estudiado en universidades disminuidas en
cátedras y enseñanzas.
En
síntesis, el juez Concepción Carhuancho es un representante de la minoría
renovada del cuerpo de magistrados del PJ, no solo por los conocimientos que ha
alcanzado sumando la experiencia adquirida en el ejercicio de juez, lo que le
permite su presencia en primera línea en dicho poder; sino igualmente se
advierte que ostenta virtudes éticas como la probidad y de suyo una moral de
trabajo, comprobando su calificación para su actual desarrollo de magistrado.
Este tipo de juez no actúa condicionado a los esquemas de la judicatura pegada
a los códigos y las leyes que se sigue literalmente.
Richard
Concepción Cahuancho ostenta una información dedicada a su quehacer, lo que
ayuda a interpretar bajo los nuevos elementos en cuanto a los efectos de
considerar la realidad que en esos momentos se vive, lo que le da solidez a sus
dictámenes, producto de investigar a quienes dan motivo a la apertura de las
acciones procesales, provenientes de las acusaciones de la fiscalía. El entorno
de la realidad resulta nuevo por su aplicación, considerando que el procesado
la usa para manipular la verdad de los hechos.
Esto
último es motivo de precisión más cuando resulta importante por la vinculación
al cotidiano desarrollo de los casos judiciales. Unos lo toman como ejemplo y
enseñanzas; y en cambio, para otros situados bajo el esquema tradicional -caso
de las prisiones preventivas con todo lo que representa el trato de lo
encontrado y por tanto, prestan para auténticas demostraciones del
comportamiento delincuencial en el logro de la verdad-, y los veredictos no
guardan fidelidad con la casuística judicial, al considerar no recluir a todos
los enjuiciados, aun cuando las acusaciones estén perfectamente procesadas.
Esta
dinámica procesal que utiliza Richard Concepción tiene que ver con el análisis
sociológico, cuando existe una disyuntiva traducida en la política de Estado de
lucha contra la corrupción, y de cómo dicho mal social azota a un país, porque
la corrupción es disfuncional a la gobernanza y al orden de la defensa
nacional. La comunidad de las ciencias sociales debe sentirse gratificada
cuando en la actividad de juzgamiento no solo se recurre al análisis
sociológico, sino que ello ratifica que la ciencia del derecho forma parte del
reino de las ciencias sociales.
El juez
Concepción Corhuancho asimila lo que hemos dicho de las políticas de Estado; sin
embargo, si no las hay, estos jueces y fiscales, se adelantan no solo a la
corte suprema y la junta de fiscales supremos; sino también al congreso y al
ejecutivo, quedando ambos poderes demandados a emitir las leyes, las mismas que
son vinculantes, para formular las políticas generales de gobierno sobre los
puntos importantes del accionar judicial.
Esta
evaluación de las políticas de Estado, en cuanto a luchar contra la corrupción
que se ha vuelto endémica, porque no hubo ni estadistas, y políticos, ni legisladores,
ni magistrados que avizorarán formas y fórmulas precisamente para encarar esa
lucha y emitir finalmente políticas de Estado sobre el quehacer y la
problemática judicial.
Asimismo,
a estas carencias faltó decisión de los tres poderes del Estado, para asumir
las responsabilidades del caso de combatir los males sociales, teniendo en
cuenta las demandas de la población; es decir, el éxito de esa aprobación en la
lucha compartida, ésta y el acabar con los corruptos poniéndolos en cárcel.
Así, causas, batallas y resultados exitosos adquieren legitimidad social.
Específicamente
la política de Estado que se encamina decididamente con dar por terminado el
mal social de la corrupción son de obligado cumplimiento, ella guía y a la vez
coloca no solo paradigmas y disyuntivas que alumbran la lucha, sino que se
encarnan en los fiscales, jueces y la sociedad, y que, ante por cualquier
obstáculo formal de procedimientos y las decisiones sobre las prisiones
preventivas. Las recusaciones ante los jueces superiores, en muchas
oportunidades recién enterados de los casos, por éstas y frente a los alegatos
de los abogados defensores, no pueden dejar de tomar en cuenta los mandatos
convincentes en todas sus líneas de la política de anticorrupción.
Y por
esta razón llamaremos formal como aquella expresión del juez superior Cesar
Sahuanay que determina que solo hay “duda de la imparcialidad”, y por ello
queda de lado el juez que lleva el caso, dando preeminencia en los fallos,
particularmente, sin apreciar que el juez Richard Concepción está reafirmando
comportamientos de partidos y personas en sus avances de sentencia final, es de
todos conocido que el juez Sahuanay llegue a retirar a Concepción Carhuancho
del juicio, sin darse por enterado que da la razón a la defensa del abogado H.
Abanto, quien hace la recusación que falta a la lógica razonable –en términos
judiciales y sobre todo jurídicos-, al hacer una demanda adelantada de la
opinión el juez Concepción, se olvida de la calidad del acusado Jorge Yoshiyama
Tanaka que ha sido requerido por la justicia: en la lectura de su prisión
preventiva, y de no estar en el país; en consecuencia, declarado en fuga, de su
residencia actual en los EEUU, bajo el artificio de una operación a la vista,
al comprobar la opinión pública que la cirugía estética es practicable en el
Perú y que hacerla fuera del país sería entorpecer a la justicia.
En
conclusión, los jueces de esa mayoría ignara a la modernidad judicial han
ganado, usando artilugios que no condicen con los paradigmas de la política de
Estado de la lucha contra la corrupción, se pierde una batalla, pero no la
guerra; por tanto, estos jueces descuidados al desconocer que también los
veredictos judiciales no escapan de la legitimidad social, o mejor se adhieren
a la justicia humana, la que trasciende a las formalidades de los jueces
banales.
Surco 25
de Enero del 2019
La del
estribo: Los
tres reemplazantes de Richard Concepción Carhuancho resultaron o mejor son de
la mayoría incapacitada e ignara, agregando sus “hazañas”, razones por lo demás
están inhabilitados. ¿Volverá Concepción?
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