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miércoles, 23 de agosto de 2017

HUELGA DE PROFESORES, DECENCIA Y JUSTAS REIVINDICACIONES




 por Herbert Mujica Rojas
23-8-2017

¿A quién en su sano juicio no le gustaría tener profesores escolares excelentemente pagados, concursantes de evaluaciones intensas y periódicas, lo que promovería legítimo e imbatible el reclamo de docentes del más alto nivel?

A no dudarlo, los niños serían los más beneficiados.

En Perú la carrera docente está muy venida a menos. Los sueldos son míseros, los estímulos escasean y no hay dirección nacional con horizonte de futuro para planificar ¿qué clase de estudios y cursos, qué orientación y qué metas hay que cumplir? La nave educativa está al garete a merced de los vientos y de no pocos aventureros que han encontrado el sitio ideal para sus apetitos minúsculos y egoístas.

En los días que corren la tragedia, más que la huelga misma, ha sido la cadena de numerosos errores clamorosos. ¿No elegimos al gobierno de PPK para que administrase el país? Si eso es estrictamente cierto ¿por causa de qué hasta hoy se tiene la impresión que el Ejecutivo está ausente todo el tiempo? La ministro Martens puede tener mucha voluntad pero su ineptitud política es patética.

¿Qué hacían esos legisladores intermediando la huelga entre maestros y gobierno? El chasco y fracaso no puede haber sido más escandaloso. El Congreso no es recipendiario de grandes simpatías y su desempeño, en fatídica letanía, es vituperable desde hace más de 35 años.

¿En qué piensan los maestros? ¿Es cierto que rechazan las evaluaciones? ¿Cómo se prueba la superación académica y lectiva de los docentes si no concursan en dichas pruebas? Que un maestro “exija” que si falla, se le mantenga en el puesto, no es sino un signo de desverguenza y mediocridad absolutas.

Nuestra solidaridad con las justas aspiraciones del magisterio y la exigencia más imperativa para que el gobierno tome al toro por las astas, fije plazos, detalles y saque recursos –que los tiene por 65 mil millones de dólares en reservas- para contribuir con los docentes. De ese modo el camino hacia una justa reivindicación está más que pavimentado.

Conozco desde dentro cómo vive la familia del maestro, mi madre lo fue durante más de 30 años y entiendo que así como se da, también puede reclamarse en equilibrada y decente relación con cualquier gobierno.
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jueves, 17 de agosto de 2017

ROBO AUTORIZADO POR GOBIERNO, AHORA SE VAN A TOMAR 45 DÍAS MÁS PARA DEVOLVERLO




Por Herbert Mujica Rojas
17-8-2017

Sostiene la ministra de Energía y Minas, Cayetana Aljovín, que las operadoras que brindan el servicio de energía eléctrica, tienen hasta 45 días para devolver lo que a nadie consultaron y que se refiere al gasoducto del sur (Cobro de Afianzamiento de Seguridad Energética, CASE). Ese dinero no hay que buscarlo porque está en las cuentas corrientes o a plazos de estas empresas que discretamente se allanaron a exaccionar al contribuyente durante largos meses.

Entonces si el caballazo que hicieron para incluir un concepto que era un auténtico robo –no hubo acuerdo, aquiescencia ni conformidad de ninguna especie por parte de los usuarios- fue sistemático, mes a mes, paciente y cínicamente, ¿por qué hay que aguardar tantos días para que sea devuelto?

¿O hay plazos fijos que honrar en depósitos bancarios o cuentas secretas en que fueran depositados aquellos ingentes fondos? ¿Quién o quiénes se benefician de este negociado?

Años atrás ocurrió lo mismo y los peruanos fueron víctimas de asalto en sus recibos de luz cuando se trató de Camisea. Y muy poco o nada hicieron políticos, congresistas, gobernantes, ministros, alcaldes o autoridades regionales.

¿Qué es lo que invierten las grandes empresas que se hacen de concesiones si se trata de enchufar a los usuarios un costo que ¡NUNCA MAS! debiera hacerse?

De repente alguna gente cuerda en el Congreso se anima a investigar y determinar quién o quiénes resultaron favorecidos con estos cobros ilegales. ¡Más aún, el detalle de los mecanismos asaltantes tiene que salir a la luz: depósitos, plazos, gerentes, operarios, burócratas de ministerios involucrados! El que las empresas de luz sean privadas, no enerva ni inhibe que el escrutinio sea severo y castigador de estos asaltos masivos.

Un conjunto de ley o leyes debería preceptuar que no hay “impuestos” ficticios si no salen del acuerdo expreso, escrito y razonado de los millones de usuarios que NO tienen por qué reemplazar las carencias o pasar por alto las vivezas de supuestos inversionistas en combinación con funcionarios del Estado en contratos claves.

La cárcel es el destino de quienes le roban al Perú. Y la corrupción muta, refina sus métodos, cambia de apellidos, pero igual roe, destruye anemiza y anquilosa a la Nación. Pulverizarla y a sus portaestandartes es obligación de la ciudadanía sin distinción de credo, raza o ubicación.

Así de simple. ¿Por qué 45 días para devolver lo robado?



domingo, 23 de julio de 2017

¿EL ESTADO AGENTE VENDEDOR-COBRADOR DE ODEBRECHT?





Señal de Alerta
por Herbert Mujica Rojas
22-7-2017


Se lee en el Decreto de Urgencia 003-2017 lo siguiente:

“Artículo 4.- Procedimiento de adquisición

4.1 Cualquier persona que pretenda adquirir, bajo cualquier título, algún bien o derecho de alguna de las personas a las que se refiere el artículo 2, así como acciones u otros valores representativos de derechos de participación emitidos por personas constituidas en el Perú comprendidas en el artículo 2, aun cuando estos bienes, derechos, acciones o valores hubieren sido transferidos en fideicomiso o bajo otra modalidad semejante, debe presentar previamente al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos una solicitud escrita manifestando su interés. El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos puede requerir la información adicional y documentación sustentatoria que considere pertinente.”

¿Ministerio de Justicia simple intermediario, o algo más, de la venta del condenado Odebrecht a un tercero?

Alegó la muy cuestionada y aún ministro de Justicia, Marisol Pérez Tello, cuando anunció por televisión el cese de la procurador Katherine Ampuero y lo propio de la presidente de la Oficina de Defensa Jurídica del Estado, Julia Príncipe, que se estaba “trabando” la venta de Olmos y que eso, palabras más, palabras, menos, era la catástrofe para todo el mundo.

¿Decreto de alguna urgencia criminal para vender Olmos por un precio que sólo el gobierno peruano lo sabrá, o quizá sólo PPK, y gran parte del cual puede ser pagado en el extranjero entre insondables empresas off shore? ¿Para estos negocios claramente turbios la Constitución permite la dación de Decretos de Urgencia?

Querría decir entonces que las ofertas para Olmos fueron presentadas “previamente al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos –vía- solicitud escrita manifestando su interés”. ¿Cuántas fueron las ofertas interesadas y con qué montos? Hasta donde yo sé nadie sabe esa información puntual y precisa.

Más aún. ¿Qué tiene que ver el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos con ofertas económicas de las que nadie tiene conocimiento y que pueden ser muy arbitrarias, secretas y dónde lo único que no interesa es el resarcimiento económico del Estado, ni los trabajadores sino el cómo pagar lo menos posible con el máximo beneficio de quienes intervengan en esta fina urdimbre en un escenario lo menos propicio posible como es Justicia?

El secretismo apunta al predominio de cualquier sector y sin duda alguna otros empiezan con sus disparos de todo calibre. ¿No hemos visto cómo Babuino Gordo, el de Pintor Rosales 64-66, Madrid, ha expresado su “censura” por la fulminación de Ampuero y Príncipe, esta última muy vinculada a su cogollo al más alto nivel?

Da la impresión que este gobierno tiene el raro deporte de sacrificar alfiles en el tablero del complicado ajedrez político nacional. Chinchero fue artículo mortis para Martín Vizcarra. Olmos es el final de su breve papel público de Marisol Pérez Tello. Thorne renunció con sabor a chicharrón de historia anticipada. Si la administración Kuczynski se hubiera preparado contra sí misma ¡jamás lo habría hecho tan autodestructivamente bien!

Mientras tanto, las idas y venidas dan risa por la hipocresía ambiente y provocan indignación porque hay más jugadores en la cancha, algunos ultra poderosos y sirvientes de intereses foráneos y favorecedores de los grupos criollos que se reparten la torta financiera y económica a espaldas de la sociedad civil.

¿Y el pueblo? ¡Olvidado como siempre y padeciendo a sus mediocres taifas pandilleras!
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martes, 16 de diciembre de 2014

ESOS MONSTRUOS LLAMADOS BANCOS: EMBARGO DE REMUNERACIONES EN CUENTAS BANCARIAS




Herbert Mujica Rojas <hcmujica@gmail.com>

Como sabemos la economía no está creciendo de acuerdo a las proyecciones del  gobierno, para el año 2014 se estableció un crecimiento del 6% del PBI, pero la realidad es que solamente creceremos entre 2 y 3% del PBI.

En consecuencia al caer el crecimiento, cae la recaudación tributaria. Como sabemos la recaudación tributaria ha venido creciendo por inercia, es decir, porque crecía la economía y no por gestión de la misma SUNAT.

De donde se desprende que la encargada de la SUNAT, Tania Quispe, prima de Nadine Heredia, está desesperada por incrementar la recaudación tributaria, no interesándole que se puedan cometer abusos contra los contribuyentes.

Al respecto, la SUNAT cuenta con amplias facultades para realizar el cobro de deudas tributarias a través de la cobranza coactiva. Así tenemos, que cuando una deuda no es pagada oportunamente, la Administración Tributaria emite órdenes de pago, resoluciones de determinación, resoluciones de multas, y resoluciones de pérdida de fraccionamiento, las mismas que, de no ser canceladas, pasan al área de cobranza coactiva.

El área de cobranza coactiva para cobrar la deuda tributaria aplica medidas cautelares. Una de ellas es el embargo en forma de retención bancaria, mediante el cual la SUNAT cursa un oficio al banco a fin que ésta retenga cierta cantidad de dinero y se lo remita a sus cuentas. Sin embargo, el dinero depositado en las cuentas bancarias en ocasiones corresponde al pago de remuneraciones que los trabajadores han recibido. También podría darse el caso que el dinero de la cuenta bancaria corresponda a una compañía, pero que estaba destinada al pago de remuneraciones. El problema es que las remuneraciones tienen una protección especial y no pueden ser embargadas de manera libre.

Mediante la ley 26599, publicada el 24-04-1996, se sustituye el numeral 6 del artículo nº 648 del Texto Único Ordenado del Código Procesal Civil, Resolución Ministerial nº 10-93-JUS, publicado el 23-04-1193, que a la letra dice:

-Artículo 648º  Bienes inembargables

Son inembargables:

6.- Las remuneraciones y pensiones, cuando no excedan de cinco Unidades de 
      Referencia Procesal. El exceso es embargable hasta una tercera parte.
      Cuando se trata de garantizar obligaciones alimentarias, el embargado
      procederá hasta el sesenta por ciento del total de los ingresos, con la sola
      deducción de los descuentos establecidos por ley.

La SUNAT mediante el Informe nº 031-2005-SUNAT -2B0000,  ratifica lo establecido  en la ley 26599.

Este criterio, también ha sido establecido en la Resolución del Tribunal Constitucional nº 691-2004-AA/TC.

Como se observa la parte inembargable se encuentra protegida tanto en poder del empleador como cuando ya ha sido abonada a una cuenta del sistema financiero a nombre del trabajador.

A pesar de la protección del sueldo inembargable, que ha sido suscrita por la propia administración tributaria,  SUNAT continuamente interviene las cuentas de ahorro de sueldos de los trabajadores, e inclusive se dirige a las mismas empresas para indicarles que retengan el sueldo de los trabajadores.

Esta actitud de la SUNAT, constituye ABUSO DE AUTORIDAD porque sabiendo que los sueldos que no superan las cinco unidades de referencia procesal (S/ 1,900.00) son inembargables, interviene toda la cuenta de ahorro sueldo de los trabajadores.

De acuerdo a la normatividad existente, la SUNAT sólo podría embargar la tercera parte del sueldo que excede los S/ 1,900.00. La URP del 2014 es de S/ 380.00 que multiplicado por 5 nos da los S/ 1,900.00.

Este abuso de la autoridad  tributaria cuenta con el apoyo de los Bancos y de las empresas, quienes en lugar de consultar con sus abogados para determinar si es procedente la instrucción dada por la SUNAT, proceden de inmediato a la retención, argumentando, sobre todo los bancos, que se ciñen a lo establecido en los artículo 18º y 34ª de la Ley nº 26979 (Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva).

Frente a la prepotencia de la SUNAT, que vulneran los derechos constitucionales del trabajador, lo que tienen que hacer los trabajadores es comunicarle tanto a la SUNAT como a los bancos y empresas que se trata de cuentas de ahorro de sus remuneraciones y exigirles que levanten el embargo, pudiendo accionar legalmente  denunciando a la autoridad tributaria. De igual manera, pueden proceder si los Municipios intervienen la cuenta de ahorro  de sus remuneraciones.

Los que sí están desamparados frente al abuso de autoridad de la SUNAT, son los trabajadores independientes  que emiten recibo de honorarios profesionales (renta de 4ta categoría), pues no tienen leyes que los amparen. De acuerdo a información estadística del Ministerio de Trabajo los trabajadores independientes en promedio perciben mensualmente S/ 633.00.

En el caso de los trabajadores independientes, el Congreso de la República debería aprobar una ley que también establezca como inembargables los honorarios profesionales que no superen las cinco URP y que el exceso sea embargable en una tercera parte.

Mg CPCC Luis Alberto Latínez Carpio*
Asesor y consultor de empresas
·       Especialista en tributación y auditoría.
·       Presidente del Centro de Investigaciones Contables y Tributarios
·       Past Decano del Colegio de Contadores Público de Lima (CCPL) 2007-2009
·       Past Director de Defensa Profesional del CCPL 2001-2003
·       Ex Jefe SUNAT
·       Ex Presidente del Instituto de Administración Tributaria (IAT)
de: Herbert Mujica Rojas <hcmujica@gmail.com>
fecha: 14 de noviembre de 2014, 6:39
asunto: Fwd: Interquorum-Per
EMBARGO DE REMUNERACIONES EN CUENTAS BANCARIAS

            Nota.- Marx destaca en El Capital las consecuencias de lo que da en llamar auris sacra fames (maldita sed de oro), la pasión del dinero por el dinero mismo.

            El financierismo, no es otra cosa que este “monstruo de bancócratas, financieros, rentistas, corredores, agentes y lobos de la bolsa” que llega al embargo de las cuentas de los trabajadores, mediante mil y una artimañas, como bien lo señala el artículo.

¡Conozcamos nuestra realidad económica!
Ragarro
16.12.14