Mostrando entradas con la etiqueta Cárcel. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Cárcel. Mostrar todas las entradas

sábado, 2 de mayo de 2020

LAS CÁRCELES, RESTOS DEL ESCLAVISMO, DEBEN DESAPARECER


Dr. Hugo SALINAS
El amotinamiento y las muertes por bala en las cárceles del Perú, como consecuencia lógica del temor a sucumbir en la pandemia COVID-19, nos invita a reflexionar sobre la naturaleza misma de la cárcel. ¿Desde cuándo aparecen los centros de prisión? ¿Cumplen su rol  reconocido por la Ley y la Constitución en una Democracia?
Cuando uno revisa los trabajos de investigación de los arqueólogos o, simplemente, cuando uno visita los sitios arqueológicos constata que los pueblos originarios del Tawantinsuyo como los Tallanes, Vicús, Quelap, Sicán, Sipán, Karal, Chavín, Wari, Chimú, Paracas…; o los pueblos originarios indígenas como los Achuar, Amahuaca, Ashaninka, Awajín…, no conocían los centros de prisión como la cárcel o los lugares de tortura.
Es necesario ingresar a la época de la invasión española de 1532 y el Virreinato para encontrar los centros de prisión y tortura. Para no ir lejos, tenemos en Lima el Museo de la Santa Inquisición y que por coincidencia (¿?). es vecino del Congreso de la República. Un lugar en donde se practicaba, bajo el velo de la religión, la tortura más brutal y la más refinada para quienes se oponían a la dominación española.
Si uno se encuentra en provincia podemos encontrar otro legado como el que nos muestran los museos de tortura y muerte de los negros que se oponían o infringían la norma impuesta por el amo en los trabajos del algodón y de la caña de azúcar. Es el caso del Museo de Zaña  (Provincia de Chiclayo), por ejemplo, en donde se aprecia todo el material, diverso, brutal y refinado de la tortura, así como el Cerro de la Horca, lugar en el cual terminaban sus días los negros más rebeldes. Y por coincidencia, una vez más, los centros de prisión y tortura se encontraban muy cerca de la casa-hacienda, símbolo de poder del gamonal, esclavista.
La gran batalla por los derechos humanos ha impedido, en la mayoría de los países del mundo, la pena de muerte como sanción máxima por un delito cometido. Pero, el número de presos crece al mismo tiempo que crecen los códigos civil, penal, familiar…, así como aumentan en número de páginas de cada código. Una solución fácil para evitar el peligro creciente de vivir al costado de toda clase de delincuentes fue el de alejar las cárceles de las ciudades, o alojarlos en el confín del mundo como cuando los legisladores franceses optaron por la Isla del Diablo, en la Guyana Francesa (América del Sur).
Hoy en día las cárceles no solamente rebalsan en número de presos, sino que se encuentran localizados en pleno centro poblacional, como la Prisión de Lurigancho, en medio de una población de más de un millón de habitantes. Se dice que son cárceles de “alta seguridad” pero, en la práctica, ninguna la fue ni la es. En su época, Henri Charrière, el famoso “papillon” (mariposa), se encargó de demostrarlo al fugarse de la prisión más segura de Francia, la Isla del Diablo.
La pandemia del coronavirus COVID-19 acaba de echar un poco más de leña al fuego. La infección del coronavirus se  acelera al interior de las cárceles abarrotadas de prisioneros, y sus colonos temen por su vida. Algunos ya comenzaron a morir, ya sea por la infección mortal del COVID-19 o por las balas de sus custodios, al verlos amotinados. ¿Qué hacer?
La Ley, en su buena intención, trata de estar a la altura de las nuevas formas de delito, aunque nunca lo consigue. Lo único que logra es que, en primer lugar, en las prisiones no están los que deben realmente estar, los grandes delincuentes con cuello, corbata y refinada educación. En segundo lugar, las cárceles se han convertido en los mejores centros de formación y de entrenamiento de los delitos comunes, civiles, militares y políticos. En tercer lugar, la cárcel y sus instituciones, herramientas para construir Democracia mediante el respeto de las buenas costumbres, se han convertido en otros centros de corrupción al amparo de la Ley. ¿Qué hacer?
Las cárceles y sus instituciones deben desaparecer: Se deben eliminar, porque están en completa contradicción con el espíritu de la Ley, cual es reintegrar al infractor con el cuerpo social. Y para que este objetivo se cumpla, en momentos de suma gravedad sanitaria, no solamente al interior de los penales sino al interior del país, es menester que:
Primero, el Estado debe asumir, en su totalidad y de manera inmediata el compromiso de pagar el monto señalado en las decisiones judiciales sobre juicios de alimentos contra ciudadanos que se encuentran en cárcel. También, el Estado debe asumir de inmediato los compromisos financieros que impliquen a ciudadanos en cárcel por delitos en contra de la persona.
Segundo, se debe liberar de inmediato, con libertad restringida, a todos los detenidos que no han sido pasibles de una sentencia firme, a todos los menores de 18 años, a todas las madres de familia con hijos menores de 7 años y, a todas las personas mayores de 65 años. En cambio, no podrán ser liberados, bajo ninguna circunstancia, los detenidos de alta peligrosidad y los que han lesionado los intereses, físicos, financieros y legales, del país. No podrán ser liberados, tampoco, las personas que sufren de desequilibrio mental o de drogadicción.
Bastarán estas decisiones gubernamentales para que las cárceles disminuyan en un alto porcentaje su población ascendente a más de 92 mil presos. Se estima que quedarían en cárcel unos 40 mil presos. Una cifra que puede ser muy bien manejada por el personal del INPE (Instituto Nacional Penitenciario) en los 69 establecimientos penitenciarios existentes en el país, y destinados a albergar a un poco más 39 mil presos. Esto permitirá un mejor manejo de la pandemia COVID-19 en aras de la salud de dicha población y el de sus familiares.
Tercero, en el corto plazo, la totalidad de presos deberán dejar las prisiones para ser orientados a verdaderos centros de rehabilitación y de reinserción social. Con ello se habrá eliminado una escoria del esclavismo, feudalismo, gamonalismo y sociedad capitalista. Un lastre de sociedades regidas por la Repartición Individualista del resultado de la actividad económica, la que ha generado las grandes desigualdades socio-económicas a través de fenómenos tales como el desempleo masivo, sub-empleo, informalidad, pobreza extrema, jóvenes que ni estudian ni trabajan, y marginalidad de grandes sectores de la población.
Hoy en día, el ser humano, en esta sociedad Capitalista, solamente tiene un valor si es rentable económicamente. En tanto que ciudadano sólo sirve para elegir a quien lo depravará en su condición de ser humano. Por lo demás, puede hacinarse en las cárceles, en los cerros, en los pueblos jóvenes, en los barracones…, sin que merezcan la atención ni de sus coterráneos ni del Estado.
Cuarto, para completar y terminar con el objetivo de corto plazo, que es el de eliminar la cárcel, la sociedad deberá decidir poner en acción una nueva sociedad y economía sobre un modelo alternativo al Capitalismo. Un modelo socio-económico que se basará, por un lado, en el Proceso de Trabajo de Concepción, más conocido como economía digital, economía inmaterial o economía de los conocimientos. Esto permitirá poner en práctica la forma de trabajar más avanzada que ha sido creada por la humanidad en cuando a la producción y elaboración de bienes económicos. Por otro lado, el modelo socio-económico se basará en la Repartición Igualitaria de la totalidad de las utilidades de las empresas-país. En términos más concretos, ello significará desarrollar una economía de mercado a dos sectores.
El Sector 2 de dicha economía de mercado será el eje en la transformación de la economía y de la sociedad. Este Sector 2 debe crearse a partir de cero, y su unidad celular será la empresa-país. Un tipo de empresa que pertenecerá a todos los habitantes del país y a ninguno en particular. Es decir, será una empresa a propiedad comunitaria, puesto que la totalidad de sus utilidades serán repartidas, en partes iguales, entre todos los habitantes del país.
Este tipo de repartición de la riqueza neta creada por el pueblo y devuelta al pueblo en forma automática y mensual, es lo que se llamará la Remuneración de Base que percibirán todos los habitantes del país desde que nacen hasta el final de sus días. Y cuanto más grande sea la riqueza creada por las empresas-país; es decir, cuanto más grande sea el Producto Bruto Interno (PBI) generado por el Sector 2, tanto más grande será la Remuneración de Base de cada persona. Este será la base material de una relación de solidaridad entre los miembros de la sociedad futura.
Además, la Repartición Igualitaria y la propiedad comunitaria de las empresas-país que van a generar la Remuneración de Base, condicionan la puesta en servicio del Financiamiento Ilimitado tanto para la creación o desarrollo de empresas-país como para el financiamiento de todo proyecto de inversión que haya definido la sociedad como los individuos.
Y es sobre esta base que se podrá llevar a cabo, en el corto plazo, la eliminación de las cárceles. Con este nuevo modelo de actividad socio-económica, se podrá contar, de inmediato, con el financiamiento necesario para levantar hospitales y otros centros de rehabilitación que requieran los 40 mil presos que quedarían todavía en las cárceles. A ello se deben agregar, como lo veremos luego, las empresas y las instituciones que formarán parte de los programas de reinserción y rehabilitación de quienes hayan cometido delitos contra la sociedad y la persona.
Pero el cambio de un tipo de sociedad por otra, no significa únicamente cambiar la estructura de la base socio-económica, requiere igualmente cambiar sus instituciones. Crear unas y adaptar otras, en función de los nuevos objetivos de la actividad económica, de los intereses de la sociedad y de los individuos. Un ejemplo lo tendremos en el Poder Judicial.
Quinto, el Poder Judicial será substituido por un Tribunal por Jurados, y los voluminosos cuerpos de todos los códigos legales serán remplazados por la creación constante y permanente de la Jurisprudencia que nacerá en cada cosa juzgada. Y es así cómo, la Ley estará siempre a la altura de las nuevas formas de delito. Pero, en ningún caso habrá  prescripción del delito sea penal, civil o comercial, y mucho menos de los delitos que se cometen contra los bienes e intereses del país.
El Tribunal por Jurados será, en el país, una nueva institución cautelar del buen vivir de los habitantes del país. Estará compuesta por 12 Jurados, elegidos al azar entre los ciudadanos de la circunscripción, y cuyo único requisito para ser Jurado será el de saber leer y escribir. No podrán ser Jurados ni los abogados, ni los periodistas o cualquiera que tendría capacidad profesional para influir en la decisión de los Jurados. Las decisiones del Tribunal por Jurados serán inapelables.
La circunscripción del Tribunal por Jurados será a talla humana y decidida por los mismos pobladores en forma directa. Y con ello los Tribunales por Jurados tendrán las dos características fundamentales de las instituciones de la nueva sociedad: Uno, las decisiones se tomarán al más bajo nivel de la organización social, política o económica. Serán decisiones inapelables. Dos; serán organizaciones simples dentro de un mundo complejo.
El Tribunal por Jurados tendrá una naturaleza completamente diferente al Poder Judicial actualmente existente. Ya no se tratará de designar al culpable, de determinar el número de años a ser recluido en la cárcel y obtener una reparación civil por demás irrisoria con relación al delito cometido. El Tribunal por Jurados, una vez determinada la responsabilidad de los acusados, se encargará de determinar el daño moral y material sufrido por el ciudadano y la sociedad. Esto implicará la confiscación de los bienes físicos y financieros no solamente del que ha cometido el delito sino, además, de todos los que han colaborado en el cumplimiento del delito, sean estos civiles, empresarios o funcionarios del Servicio Civil.
Pero, la fase más importante del Tribunal por Jurados no es la determinación de la responsabilidad o irresponsabilidad del supuesto delito cometido, sino el de la puesta en ruta de los mecanismos de rehabilitación y reinserción social de los implicados en la comisión del delito. Ya no se trata de enviar a la cárcel a los culpables. Y que allí se pudran. Se trata de encontrar y poner en práctica los mejores métodos para lograr la reinserción y rehabilitación de los que hubieran cometido delitos contra la persona y la sociedad. Será un cambio total en el paradigma de la búsqueda de Justicia y Buen Vivir.
Y para ello, por un lado, los Tribunales por Jurados no solamente harán uso de los más de 2 millones de empresas actualmente existentes en el país, y de otro tanto de instituciones sociales, sino también hará uso de los centros hospitalarios en sus diferentes disciplinas. Por otro lado, las instituciones y la sociedad cuentan con los recursos monetarios suficientes para la rehabilitación y la reinserción de los que han infringido las normas de la sociedad. Una reinserción y rehabilitación que se hará por el trabajo y la sociabilidad.
La actividad económica ya no buscará la rentabilidad y el enriquecimiento personal, la acumulación y concentración de riquezas en muy pocas manos, sino el de satisfacer las necesidades materiales y espirituales tanto del ser humano como de su sociedad.
Será la época del desarrollo individual y social en plena armonía, utilizando todos los recursos financieros del país para ir logrando, día a día, este objetivo de una sociedad con rostro humano.
Lima, 3 de mayo del 2020


lunes, 19 de marzo de 2018

ESCLAVITUD EN EEUU: ENCARCELACIÓN RACIAL MASIVA CON FINES DE LUCRO



Pambazuka News
19-03-2018

Traducido del inglés para Rebelión por Beatriz Morales Bastos

 
Este artículo es la transcripción de una conferencia que pronunció Abayomi Azikiwe en la First Unitarian Universalist Church [Primera Iglesia Unitaria Universalista] de Detroit, Michigan, el 18 de febrero de 2018. Abayomi Azikiwe presentó el mensaje del día sobre la historia y el significado contemporáneo de la encarcelación y la esclavitud masivas, y la constante opresión nacional de las personas afroestadounidenses.

Estados Unidos se enfrenta a unos profundos retos en los ámbitos de las relaciones de raza, la explotación de clase, los derechos de los emigrantes, las mujeres y otros grupos marginados, la amenaza de una guerra mundial y otras calamidades. Gran parte del discurso que ofrecen los medios de comunicación corporativos y patrocinados por el gobierno no ofrece soluciones a los monumentales problemas a los que nos enfrentamos. 

El presidente Donald Trump afirma repetidamente que la economía está en un momento de auge, con los niveles de paro más bajos de la historia unido a un fuerte aumento de confianza de las empresas en la inversión y la creación de empleo. Estas afirmaciones no son exactas y aunque lo fueran no secarían las lágrimas de los familiares y amigos de quienes fueron asesinados recientemente en el tiroteo en la escuela del sur de Florida. 

Los millones de personas que en nuestra sociedad padecen el racismo y todas las formas de opresión no pueden hallar consuelo en el enriquecimiento de una minoría de la población. Aquí, en la ciudad de Detroit, Michigan, se hace caso omiso tanto de las condiciones en las que vive la mayoría de la población afroestadounidense como de sus preocupaciones. El esquivo énfasis del poder se pone en hacer que Detroit sea más blanco y más rico. 

La Decimotercera Enmienda y el mantenimiento de la esclavitud africana 

Este año se conmemora el 150 aniversario de la Decimocuarta Enmienda de la Constitución estadounidense que concedió la ciudadanía a las personas africanas que habían estado sometidas a la esclavitud durante dos siglos y medio. 

La Ley de Derechos Civiles de 1866 aprobada por el Congreso se creó para proporcionar las mismas garantías referentes al debido proceso y la discriminación confiriendo poderes al gobierno federal y a sus tres ramas ejecutiva, legislativa y judicial para hacer respetar estas medidas y emprender acciones contra aquellas personas o instituciones que trataban de negar a las personas africanas sus privilegios inherentes. 

El Congreso aprobó la Decimotercera Enmienda de la Constitución y posteriormente, en diciembre de 1865, la ratificó. Esta medida se creó para liberar legalmente a las personas africanas de la esclavitud. No obstante, una lectura cuidadosa de la Decimotercera Enmienda pone de manifiesto un lenguaje que al tiempo libera a las personas de la servidumbre involuntaria establece excepciones bajo capa de condena y sentencia criminal. 

La sección primera de la Decimotercera Enmienda estipula que “ni en Estados Unidos ni en ningún lugar sujeto a su jurisdicción existirá la esclavitud ni el trabajo forzado, excepto como castigo de un delito por el que el responsable haya sido debidamente condenado”. La sección segunda estipula que “el Congreso tendrá facultades para hacer cumplir este artículo por medio de la legislación apropiada”. 

Este carácter contradictorio de la Decimotercera Enmienda saca a la luz la utilización del sistema judicial penal para perpetuar la esclavitud con fines racistas y de explotación de clase. 

La esclavitud es un sistema económico. Es un modo de producción creado para potenciar al máximo el beneficio de unos pocos aristócratas terratenientes. El comercio triangular (1) y la esclavitud es lo que proporcionó la riqueza que dio origen a un capitalismo monopolista industrial que se inició en el siglo XIX. 

Dos historiadores africanos documentaron este proceso económico transformativo durante las décadas de 1930 y de 1940, el dr. W.E.B. Du Bois de Estados Unidos y el dr. Eric Williams de la nación isla del Caribe, Trinidad y Tobago. 

Du Bois afirmaba en su obra pionera titulada Black Reconstruction in America: An Essay Toward a History of the Part Which Black Folk Played in the Attempt to Reconstruct Democracy in America, 1860–1880, publicada en 1935, que “lenta pero vigorosamente estos trabajadores negros se integraron en la industria moderna. En unas tierras libres y fértiles los estadounidenses cultivaron no solo azúcar que servía de edulcorante barato, arroz para alimentarse y tabaco como un nuevo y emocionante lujo, sino que también empezaron a cultivar una fibra que vistió a las masas de un mundo harapiento. El algodón creció tan rápido que los 9.000 fardos de algodón que apenas contabilizó la nueva nación en 1791 pasaron a 79.000 en 1800 y con ese aumento se produjo una revolución económica en diferentes ámbitos. La cosecha de algodón llegó a medio millón de fardos en 1822, a un millón en 1831, dos millones en 1840, tres millones en 1852 y en el año de la secesión llegó a la enorme cantidad total de cinco millones de fardos” (Du Bois, 1935, p.10). 

El mismo estudio continúa,“a medida que la esclavitud se convertía en un sistema y el reino del algodón empezaba a expandirse hasta transformarse en dominación imperialista blanca, una persona negra libre era una contradicción y una amenaza. Como ladrón y vagabundo amenazaba a la sociedad pero como propietario educado, como mecánico de éxito o incluso como profesional más que amenazar a la esclavitud la contradecía y la minaba” (Du Bois, 1935, pp. 12-13). 

Eric Williams publicó Capitalism and Slavery en 1944. Este estudio se centró sobre todo en Gran Bretaña y señaló la relación directa entre el lucro bajo el sistema de esclavitud y el auge de la industria. 

En el capítulo cinco Williams observa que “Gran Bretaña estaba acumulando una enorme riqueza a consecuencia del comercio triangular. El aumento de bienes de consumo motivado por ese comercio provocó inevitablemente el desarrollo del poder productivo del país. Esta expansión industrial requería financiación. Ya hemos señalado la disposición con la que hacendados que no vivían en las tierras compraron tierras en Inglaterra, donde pudieron utilizar su riqueza para financiar los grades acontecimientos asociados a la revolución agrícola” (Williams, 1944, p. 98). 

Los beneficios acumulados por la sobreexplotación de las personas africanas impulsaron la banca, los seguros, el transporte marítimo y la industria manufacturera. Por consiguiente, el sistema económico de esclavitud proporcionó los ingredientes sociales necesarios para crear un modo y unas relaciones de producción nuevos, el capitalismo. 

A medida que la esclavitud se expandía hacia el sur las instalaciones dedicadas tanto a hacer cumplir la ley como las correccionales adquirieron mayor relevancia. Desde la década de 1820 a la de 1850 la propia ciudad de Washington DC fue un centro importante de prisiones privadas en las que se encarceló y luego trasladó a personas africanas hasta las zonas esclavistas del sur (Taparata, 2016) 

Aunque en 1807 el presidente Thomas Jefferson firmó varias disposiciones legales que prohibían el comercio de esclavos atlántico en Estados Unidos, la esclavitud de seres humanos continuó. Aumentó el comercio entre estados de personas africanas debido a que el algodón se había convertido en la principal industria de producción y exportación. 

Las prisiones privadas fueron una institución fundamental para facilitar el comercio interno de esclavos. De la década de 1820 a la de 1850 quienes se oponían a esta práctica trataron de que se regulara o se prohibiera. No obstante, las prisiones privadas siguieron funcionando hasta la Guerra Civil (1861-1865). 

Hubo muchos casos de personas africanas libres que fueron detenidas y después convertidas en esclavas. Fue el caso de Gilbert Horton, detenido en 1826 y encarcelado cuatro meses acusado de ser un esclavo huido. Un congresista de Pennsylvania, Charles Minor, criticó el uso de las prisiones privadas al servicio del sistema esclavista durante el caso Horton, el cual no fue liberado hasta que pudo aportar pruebas desde la ciudad de Poughkeepsie que demostraban que no era un fugitivo. 

Muchas otras personas no fueron tan afortunadas de poder escapar de los tratantes de esclavos. Una mujer africana que en 1816 estaba encarcelada en una prisión privada en Washington DC estaba tan angustiada que trató de quitarse la vida. Anna (así se llama) se arrojó desde el tercer piso de una prisión para esclavos. Estos acontecimientos llevaron al congresista por Virginia John Randolph a pronunciarse en contra de estas instituciones. 

Randolph pidió que se creara un comité para investigar las prisiones privadas de la capital de la nación. Randolph habló de la difícil situación en que se encontraba Anna e insistió en que “una mujer encarcelada en la celda superior de una prisión de tres pisos, prisión que utilizaban los traficantes de esclavos para su tráfico, se vio llevada a arrojarse desde la ventana situada sobre la acera” (Randolph, sin fecha). 

Evan Taparata (2016) afirma: “A pesar de la atención que se prestaba a las prisiones privadas en [Washington] DC, fue difícil lograr una reforma sustancial. En un nuevo intento por acabar con el comercio de esclavos en 1848 el representante de Ohio John Crowell insistió en la falta de supervisión y de visibilidad de las prisiones privadas. Crowell conocía una prisión privada cerca del Smithsonian Institute en el National Mall [ Explanada Nacional ]. El Smithsonian Institute, señaló Crowell, “se fundó aquí para la difusión del conocimiento entre los hombres y a plena vista de este Capitolio y de las barras y estrellas que tan orgullosamente ondean sobre él” (Cromwell, 1848). 

Prisiones privadas e instituciones correccionales 

La Guerra Civil no acabó con las prisiones privadas, un negocio lucrativo al servicio de la esclavitud. Los esfuerzos por mantener a las personas africanas como fuente principal de fuerza de trabajo gratuita se mantuvieron gracias a una serie de leyes y prácticas sociales.

Para 1877 el gobierno del presidente Rutherford B. Hayes retiró todo el apoyo nacional a la Reconstrucción Negra (2). Se fundaron el Ku Klux Klan y otras organizaciones terroristas blancas para restaurar la supremacía de la clase de los esclavistas. En las décadas de 1880 y 1890 las personas afroestadounidenses siguieron ocupando cargos en estructuras locales y estatales de estados del sur como Carolina del Norte y Carolina del Sur. En general los dirigentes blancos respetaban muy pocos derechos, o ninguno, de las personas africanas. 

El caso “Plessy contra Ferguson” en 1896 estipuló que la segregación era perfectamente legal según la Constitución estadounidense. Las personas afroestadounidenses podían estar separadas de las blancas en base a que las instalaciones de estas últimas eran iguales a las de las europeas. 

Esta ley se mantuvo hasta 1954 cuando el caso “Brown contra Topeka” referente a la escuela pública segregada se consideró una violación de la jurisprudencia estadounidense. El tribunal Warren sentenció que estar segregados pero ser iguales era intrínsecamente anticonstitucional. A pesar de ello, a continuación no se hizo prácticamente nada en los ámbitos federal, estatal y local del gobierno para acabar con [las leyes] Jim Crow (3). 

[Para acabar con ellas] sería necesario un Movimiento de Derechos Civiles que desde mediados de la década de 1950 y durante toda la de 1960 solicitó a los tribunales la implementación de las enmiendas constitucionales y leyes existentes, unido a protestas masivas, boicots y rebeliones urbanas que acabaron con el sistema político y social estadounidense. Otras leyes de 1957 (Ley de Derechos Civiles), 1964 (Ley de Derechos Civiles), 1965 (Ley de Derecho al Voto) y 1968 (Ley de Vivienda Justa) añadieron medidas adicionales que volvían a incidir en lo que se había aprobado desde la era de la Reconstrucción de 1865 a 1875. 

Taparata señala: “Los intereses privados siguieron desempeñando un papel fundamental en la industria penitenciaria. Las personas afroestadounidenses detenidas en el sur [donde se aplicaban las leyes] Jim Crow se enfrentaba a la posibilidad del arrendamiento de personas convictas, un sistema de trabajo en el que los estados alquilaban a las personas presas a contratistas privados más interesados en aumentar los márgenes de beneficio que en garantizar unas condiciones laborales seguras” (Taparata, 2016). 

Douglas A. Blackmon documenta la práctica del trabajo esclavo forzado a finales del siglo XIX y principios del XX. Los magnates corporativos del sur y del norte se beneficiaron inmensamente del hecho de que la esclavitud continuara después de la Guerra Civil y de las enmiendas constitucionales subsiguientes que supuestamente prohibían la esclavitud y el maltrato sistemático de las personas afroestadounidenses. 

Blackmon traza un cuadro espeluznante de las condiciones a las que se enfrentaban los antiguos esclavos africanos: “Según unas leyes promulgadas específicamente para intimidar a las personas negras, decenas de miles de personas afroestadounidenses fueron detenidas arbitrariamente, se les impusieron unas multas escandalosas y fueron obligadas a pagar los costes de sus propias detenciones. Al carecer de medios para pagar estas pretendidas ‘deudas’, las personas presas eran vendidas como trabajadores forzados a minas de carbón, campamentos de madereros, fábricas de ladrillos, ferrocarriles, canteras y plantaciones agrícolas. Hombres negros ‘libres’ trabajaron sin un sueldo y por medio de palizas y tortura física se les obligó a hacer lo que se les antojara a sus amos blancos durante décadas después de la abolición de la esclavitud en Estados Unidos” (Blackmon, 2008).

Encarcelaciones masivas con fines de lucro (después de la era de los Derechos Civiles)
 
El Federal Bureau of Investigation (FBI) no hace distinción entre Derechos Civiles, Nacionalismo Negro y Comunismo. Cualquier intento de mejorar el estatus de las personas afroestadounidenses se consideraba subversivo. 

Organizaciones como la Southern Christian Leadership Conference (SCLC, Conferencia Sur de Liderazgo Cristiano), liderada por el dr. Martin Luther King, Jr., fueron investigadas y desestabilizadas junto con el Student Nonviolent Coordinating Committee (SNCC, Comité Coordinador Estudiantil No Violento) y el Black Panther Party (BPP, Partido Pantera Negra). Hubo intentos sistemáticos tanto de desacreditar como de interrumpir las actividades políticas por medio de la vigilancia, la publicación de material escandaloso en los medios de comunicación y la inculpación de activistas en tramas criminales inventadas. 

Con el asesinato de Malcolm X (El Hajj Malik Shabazz) en febrero de 1965, del dr. King en abril de 1968 y el encarcelamiento o el exilio de otros dirigentes afroestadounidenses al tiempo que se criminalizaba a sus organizaciones obstaculizó la floreciente lucha por la libertad genuina y la liberación nacional. 

Municipios como Detroit, Chicago, Cleveland, Los Angeles, Gary etc., perdieron millones de puestos de trabajo desempeñados por personas afroestadounidenses. La derrota del imperialismo estadounidense en el sudeste de Asia en 1975 agravó esta situación. La liberación africana logró unas victorias significativas a finales de la década de 1970 y principios de la de 1980 que debilitaron el control del imperialismo.
Hay una presencia desproporcionada de personas afroestadounidenses en el sistema de la justicia penal. Un estudio reciente de Sentencing Project (4) documenta este sistema racializado de encarcelación en el que las personas afroestadounidenses están sometidas a unas condiciones laborales esclavistas y a la tortura. 

Un artículo publicado en The Guardian revela que “las personas afroestadounidenses fueron encarceladas en prisiones estatales una media de 5.1 veces más que las personas estadounidenses blancas y en algunos estados el promedio fue diez o más veces mayor. Según el último censo, en Estados Unidos hay un 63.7 % de personas blancas no hispánicas, un 12.2 % de personas negras, un 8.7 % de personas blancas hispánicas y un 0.4 % de hispánicas negras”(Nellis, 2016). 

Esta investigación fue dirigida por Ashley Nellis, investigador del Sentencing Project, una organización sin ánimo de lucro con sede en Washington, DC, que promueve reformas en la política de justicia penal y aboga por alternativas al encarcelamiento. 

Nueva Jersey tiene el porcentaje más alto “con 12.2 personas negras encarceladas en su sistema de prisiones por cada persona blanca, seguido de Wisconsin, Iowa, Minnesota y Vermont. Oklahoma cuenta con la tasa más alta de personas negras encarceladas, con 2.625 personas negras presas por 100.000 residentes. En Oklahoma hay un 7.7 % de personas negras. Entre los hombres negros de 11 estados al menos 1 de cada 20 ha estado en una prisión estatal” (Nellis, 2016). 

En términos generales, la Bureau of Justice Statistics (BJS, Oficina de Estadísticas Judiciales) indicó que las personas negras y de piel morena constituyen casi el 60 % de la población reclusa de Estados Unidos. 

El Sentencing Project de la BJS proporciona datos acerca de las últimas décadas. Uno de sus informes señala: “Las prisiones privadas en Estados Unidos encarcelaron a 126.272 personas en 2015, lo que representa el 8 % del total de la población carcelaria estatal y federal. Nuevo México y Montana encarcelaron a más del 40 % de su población carcelaria en instalaciones privadas, mientras que estados como Illinois y Nueva York no utiliza estas cárceles con ánimo de lucro. Los datos recopilados por la BJS muestran que en 2015 el gobierno federal y 28 estados encarcelaba en instalaciones privadas gestionadas por corporaciones” (Bureau of Justice Statistics, 2015). 

Este informe continúa poniendo de relieve las citas suministradas por la BJS y afirma: “21 de los estados que tienen contratos de prisiones privadas encarcelan a más de 500 personas en cárceles con ánimo de lucro. Texas, el primer estado que adoptó las prisiones privadas en 1985, fue el que encarceló a más personas bajo jurisdicción estatal, 14.293. Desde 2000 el sistema federal de prisiones experimentó un aumento del 125 % en el uso de prisiones privadas y llegó a encarcelar a 34.934 personas (Bureau of Justice Statistics, 2015). 

Implicaciones de la encarcelación masiva en prisiones privatizadas 

Encarcelar a personas en instituciones correccionales durante periodos prolongados de tiempo solo beneficia al racista sistema capitalista en Estados Unidos. Los métodos para obtener la integración completa y el derecho a la autodeterminación son la única solución a la polarización racial y a la explotación económica. En los últimos años ha resurgido el activismo entre la población carcelaria. Las personas reclusas han realizado huelgas y paros laborales para protestar contra las condiciones inhumanas en las que viven a diario. 

Quienes estamos preocupados por eliminar el racismo y la explotación de clase debemos considerar la lucha de las personas presas un aspecto fundamental del movimiento para acabar con la injusticia en Estados Unidos. 

Abayomi Azikiwe es el director de Pan-African News Wire

Notas de la traductora:
(1) Se denomina comercio triangular a la ruta comercial que se estableció por el océano Atlántico entre Europa, África y América desde el siglo XV hasta el XX. Partía de Europa hacia África donde se intercambiaban baratijas por esclavos y materias primas, que se llevaban a América, donde se cargaban productos como cacao, azúcar, tabaco y metales preciosos que se llevaban a Europa. Véase https://es.wikipedia.org/wiki/Comercio_triangular
(2) La reconstrucción fue un periodo de la historia estadounidense que duró de 1865 a 1877 y se dedicó fundamentalmente a resolver las cuestiones que habían quedado pendientes tras el final de la Guerra Civil. Véase https://es.wikipedia.org/wiki/Reconstrucci%C3%B3n_(Estados_Unidos)
(3) Las Leyes Jim Crow son una serie de leyes aprobadas en 1876 para privar a las personas negras de sus derechos civiles y segregarlas en los espacios públicos. Se aplicaron de iure sobre todo en los estados del sur de Estados Unidos y de facto en los demás. La Ley de Derechos Civiles de 1964 y la Ley de Derecho al Voto de 1965 las abolieron totalmente.
(4) Según afirma en su página web , “Sentencing Project es un centro de investigación y defensa con sede en Washington, D.C. que trabaja para reducir el uso de la encarcelación en Estados Unidos y abordar las disparidades raciales en el sistema de justicia penal”
Referencias
Blackmon, D.A. (2008), Slavery by Another Name: The Re-enslavement of Black People in America from the Civil War to World War II, lugar de edición desconocido, editorial Doubleday.
Bureau of Justice Statistics, (2015). The Sentencing Project: Private Prisons in the United States [pdf] Bureau of Justice Statistics. Disponible en: https://www.sentencingproject.org/publications/private-prisons-united-states/ [Consultado el 28 de febrero de 2018]
Cromwell, J (1848) The slave-trade roots of US private prisons [online] Disponible en:
Du Bois, W.E.D (1935), Black Reconstruction in America: An Essay Toward a History of the Part Which Black Folk Played in the Attempt to Reconstruct Democracy in America, 1860–1880, lugar de edición y editorial desconocidos.
Nellis, A (2016), “Black Americans incarcerated five times more than white people – report”, The Guardian. 18 de junio [online] Disponible en: https://www.theguardian.com/us-news/2016/jun/18/mass-incarceration-black-americans-higher-rates-disparities-report [Consultado el 28 de febrero de 2018]
Randolph, J (sin fecha), The slave-trade roots of US private prisons [online] Disponible en:
Taparata, E, (2016), The slave-trade roots of US private prisons [online] Disponible en:
Williams, D., (1944), Capitalism & Slavery, Estados Unidos, The University of North Carolina Press.




domingo, 28 de agosto de 2016

LA INDUSTRIA DE LA PRISIÓN EN LOS ESTADOS UNIDOS: EL GRAN NEGOCIO O UNA NUEVA FORMA DE ESCLAVITUD?



Nota: Los NEGOCIOS son una de las razones de porqué los gobiernos FOMENTAN la inseguridad ciudadana.


Global Research, 28 Agosto, el año 2016
El Diario-La Prensa, Nueva York y global de investigación de 10 de marzo de 2008

Este artículo fue publicado por primera vez por la Investigación Mundial desde Marzo de 2008 

Las organizaciones de derechos humanos, así como las políticas y sociales, están condenando lo que ellos llaman una nueva forma de explotación inhumana en los Estados Unidos, donde se dice que una población de prisión de hasta 2 millones de dólares - en su mayoría y Negro Hispano - están trabajando para diversos industrias por una miseria. Para los magnates que han invertido en la industria de las prisiones, ha sido como encontrar una mina de oro. No tienen que preocuparse por la huelga o el pago de un seguro de desempleo, vacaciones o tiempo de compensación. La totalidad de sus trabajadores son a tiempo completo, y nunca llegan tarde o están ausentes por problemas familiares; Por otra parte, si no les gusta el pago de 25 centavos por hora y se niegan a trabajar, son encerrados en celdas de aislamiento.
 
Hay aproximadamente 2 millones de presos en el estado, federales y privadas cárceles de todo el país. De acuerdo a California Prison Focus, "ninguna otra sociedad en la historia humana ha encarcelado a tantos de sus propios ciudadanos."

Las cifras muestran que Estados Unidos ha encerrado a más personas que cualquier otro país: medio millón más que China, que tiene una población cinco veces mayor que las estadísticas nos revelan que Estados Unidos tiene el 25% de la población mundial prisión, pero sólo el 5% de la población mundial. Desde menos de 300.000 reclusos en 1972, la población carcelaria creció a 2 millones para el año 2000. En el año 1990 fue de un millón. Hace diez años había sólo cinco prisiones privadas en el país, con una población de 2.000 reclusos; Ahora, hay 100, con 62.000 reclusos. Se espera que para la próxima década, el número llegará a 360.000, según los informes.

Lo que ha ocurrido en los últimos 10 años? ¿Por qué hay tantos presos?

"La contratación privada de prisioneros para el trabajo fomenta incentivos para encerrar a personas. Las prisiones dependen de estos ingresos. accionistas corporativos que hacen el trabajo del vestíbulo de dinero fuera de los presos con condenas más largas, con el fin de ampliar su fuerza de trabajo. El sistema se alimenta ", dice un estudio de la PLP, que acusa a la industria de la prisión de ser" una imitación de la Alemania nazi con respecto a la concentración y de trabajo forzado campos de esclavos ".

El complejo industrial de la prisión es una de las industrias de más rápido crecimiento en los Estados Unidos y sus inversores están en Wall Street. "Esta industria multimillonaria tiene sus propias ferias, convenciones, sitios Web y de venta por correo / catálogos de Internet. También cuenta con campañas directas de publicidad, estudios de arquitectura, empresas constructoras, casas de inversión de Wall Street, las compañías de suministros de plomería, compañías de suministro de alimentos, la seguridad armada, y celdas acolchadas en una gran variedad de colores ".

El delito se reduce, población de la cárcel SUBE

De acuerdo con informes de organizaciones de derechos humanos, estos son los factores que aumentan el potencial de beneficio para aquellos que invierten en el complejo industrial de la prisión:

. Encarcelando a las personas condenadas por delitos no violentos, y largas penas de prisión por posesión de cantidades microscópicas de drogas ilegales. La ley federal estipula cinco años de prisión sin posibilidad de libertad condicional por posesión de 5 gramos de crack o 3.5 onzas de heroína y 10 años por posesión de menos de 2 onzas de roca-cocaína o crack. Una sentencia de 5 años para la cocaína en polvo requiere la posesión de 500 gramos - 100 veces más que la cantidad de cocaína roca por la misma frase. La mayoría de los que usan la cocaína en polvo son de color blanco, de clase media o los ricos, mientras que en su mayoría negros y latinos consumo de cocaína en roca. En Texas, una persona puede ser condenada por hasta dos años de prisión por posesión de 4 onzas de marihuana. En Nueva York, la ley antidroga Nelson Rockefeller 1973 prevé una pena de prisión obligatoria de 15 años a cadena perpetua por posesión de 4 onzas de cualquier droga ilegal.

. El pasaje en 13 estados de las leyes de "tres strikes" (la vida en prisión después de ser declarado culpable de tres delitos graves), hizo necesaria la construcción de 20 nuevas cárceles federales. Uno de los casos más perturbadores resultantes de esta medida fue la de un preso que por robar un coche y dos bicicletas recibió tres sentencias de 25 años.
. frases más largas.

. La aprobación de leyes que requieren la condenación mínima, sin tener en cuenta las circunstancias.

. Una gran expansión de trabajo de los prisioneros que crean beneficios que motivan el encarcelamiento de más personas por períodos más largos de tiempo.

. Más castigo de los presos, con el fin de alargar sus condenas.

HISTORIA del trabajo penitenciario EN LOS ESTADOS UNIDOS

El trabajo penitenciario tiene sus raíces en la esclavitud. Después de la Guerra Civil 1861-1865, se introdujo un sistema de "arrendamiento de prisioneros" con el fin de continuar con la tradición de la esclavitud. Los esclavos liberados fueron acusados ​​de incumplimiento de sus compromisos de aparcería (cultivo de la tierra de otra persona a cambio de una parte de la cosecha) o pequeños robos - que fueron casi nunca probada - y fueron luego "alquilados" para la recolección del algodón, que trabajan en las minas y la construcción ferrocarriles. A partir de 1870 hasta 1910 en el estado de Georgia, el 88% de los condenados a sueldo de salida fueron Negro. En Alabama, el 93% de los mineros "fuera contratado" eran Negro. En Mississippi, una enorme granja de la prisión similar a las antiguas plantaciones de esclavos sustituyó el sistema de arrendamiento de los condenados. La plantación de Parchman notoria existió hasta 1972.

Durante el período posterior a la Guerra Civil, de Jim Crow leyes de segregación racial se impusieron en todos los estados, con la segregación legal en escuelas, viviendas, matrimonios y muchos otros aspectos de la vida diaria. "Hoy en día, un nuevo conjunto de leyes marcadamente racistas está imponiendo el trabajo esclavo y talleres sobre el sistema de justicia criminal, ahora conocido como el complejo industrial de la prisión", comenta el Business Observer izquierda.

¿Quién es la inversión?

Al menos 37 estados han legalizado la contratación de mano de obra penitenciaria por las empresas privadas que se montan sus operaciones dentro de las prisiones estatales. La lista de tales empresas contiene la crema de la sociedad estadounidense de las empresas: IBM, Boeing, Motorola, Microsoft, AT & T, Wireless, Texas Instrument, Dell, Compaq, Honeywell, Hewlett-Packard, Nortel, Lucent Technologies, 3Com, Intel, Northern Telecom, TWA, Nordstrom, Revlon, Macy, Pierre Cardin, Target Stores, y muchos más. Todas estas empresas están emocionados por la generación de la explosión económica en prisiones. Sólo entre 1980 y 1994, las ganancias subieron de $ 392 millones a $ 1.31 mil millones. Los internos en centros penitenciarios estatales en general, reciben el salario mínimo por su trabajo, pero no todos; en Colorado, que reciben alrededor de $ 2 por hora, muy por debajo del mínimo.

Y en las prisiones de gestión privada, que reciben tan poco como 17 centavos por hora durante un máximo de seis horas al día, el equivalente a $ 20 por mes. La prisión privada que más paga es CCA en Tennessee, donde los presos reciben 50 centavos por hora por lo que ellos llaman "posiciones altamente cualificados." En esas tasas, no es de extrañar que los internos se encuentran el pago en prisiones federales para ser muy generoso. Allí, pueden ganar $ 1.25 por hora y trabajar ocho horas al día, ya veces las horas extraordinarias. Pueden enviar a casa $ 200- $ 300 por mes.

Gracias al trabajo penitenciario, los Estados Unidos es una vez más un lugar atractivo para la inversión en el trabajo que fue diseñado para los mercados de trabajo del Tercer Mundo. Una empresa que opera una maquiladora (planta de ensamblaje en México cerca de la frontera) cerró sus operaciones en ese país y se trasladó a la prisión estatal de San Quentin en California. En Texas, una fábrica despidió a sus 150 trabajadores y contrató los servicios de prisioneros de trabajo de la prisión privada Lockhart Texas, donde las placas de circuitos se ensamblan para empresas como IBM y Compaq.

[Ex] representante del estado de Oregon Kevin Mannix instó recientemente a Nike para recortar su producción en Indonesia y llevarlo a su estado, diciendo al fabricante de calzado que "no habrá ningún coste de transporte; Te estamos ofreciendo trabajo penitenciario competitiva (aquí) ".

Las prisiones privadas

El auge de la privatización de las cárceles se inició en la década de 1980, bajo los gobiernos de Ronald Reagan y Bush padre, pero alcanzó su apogeo en 1990 con William Clinton, cuando las acciones de Wall Street se venden como pan caliente. El programa de Clinton para el corte de la fuerza laboral federal dio lugar a la contratación Departamentos de Justicia de las corporaciones de prisiones privadas para el encarcelamiento de trabajadores indocumentados y los reclusos de alta seguridad.

Las prisiones privadas son el negocio más grande en el complejo industrial de la prisión. Cerca de 18 empresas guardan 10.000 presos en 27 estados. Los dos más grandes son Correccional Corporation of America (CCA) y Wackenhut, que en conjunto controlan el 75%. Las prisiones privadas reciben una cantidad determinada de dinero por cada prisionero, independientemente de lo que cuesta mantener cada uno. Según Russell Boraas, un administrador de la prisión privada en Virginia, "el secreto de bajos costos de operación es tener un número mínimo de guardias para el máximo número de prisioneros." El CCA tiene una prisión ultramoderna en Lawrenceville, Virginia, donde cinco guardias en turno de día y dos por la noche ver a más de 750 prisioneros. En estas cárceles, los presos pueden tener en sus sentencias reducidas por "buena conducta", pero por cualquier infracción, que recibirá 30 días añadido - lo que significa más ganancias para CCA. De acuerdo con un estudio de las cárceles de Nuevo México, se encontró que los internos CCA perdieron "buen momento comportamiento" a una velocidad ocho veces superiores a los de las prisiones estatales.

La importación y exportación RECLUSOS

Los beneficios son tan buenos que ahora hay un nuevo negocio: importación de presos con largas condenas, es decir, los peores criminales. Cuando un juez federal dictaminó que el hacinamiento en las prisiones de Texas era un castigo cruel e inusual, la CCA firmó contratos con los sheriffs de los condados pobres para generar y ejecutar nuevas cárceles y compartir las ganancias. De acuerdo con un artículo de la revista Atlantic Monthly diciembre de 1998, este programa fue respaldada por inversores de Merrill-Lynch, Shearson Lehman, American Express y Allstate, y la operación se esparció por toda la Texas rural. El gobernador de ese estado, Ann Richards, siguió el ejemplo de Mario Cuomo en Nueva York y construyó tantas prisiones estatales que el mercado se inundó, recibiendo ganancia de prisiones privadas. 

Después de una ley firmada por Clinton en 1996 - poner fin a la supervisión y las decisiones de los tribunales - hacinamiento causado y, condiciones inseguras violentos en las cárceles federales, las corporaciones de prisiones privadas en Texas comenzaron a ponerse en contacto con otros estados cuyas cárceles están superpobladas, que ofrecen servicios de "-a-célula alquiler" en las prisiones CCA ubicadas en las ciudades pequeñas en Texas. La comisión por un vendedor de una célula alquiler es de $ 2.50 a $ 5.50 por día por cama. El condado recibe $ 1.50 por cada prisionero. 

ESTADÍSTICA
 
El noventa y siete por ciento de los 125.000 presos federales han sido condenados por delitos no violentos. Se cree que más de la mitad de los 623.000 reclusos en las cárceles municipales o del condado son inocentes de los delitos que se les acusa. De éstos, la mayoría están en espera de juicio. Dos tercios de los un millón de prisioneros estatales tienen carácter no violento comprometidos. Dieciséis por ciento de los 2 millones de presos del país sufren de enfermedades mentales. 

La fuente original de este artículo es El Diario-La Prensa, Nueva York y Global Research
Copyright © Vicky Peláez , El Diario-La Prensa, Nueva York y Global Research, 2016