martes, 26 de septiembre de 2017

¿INDULTO HUMANITARIO O COMPONENDA POLÍTICA?




Postulado para la mejor interpretación en la tele llorona "El indulto Humanitario"


Estimados amigos:

Por la presente se adjunta la entrevista del ex fiscal supremo Avelino Guillén, publicada el 22 de septiembre del presente año. Esta entrevista suscita reflexiones y comentarios sobre si el ex presidente Alberto Fujimori merece el indulto humanitario.
Este indulto como toda acción de gobierno, y en este caso una decisión del mismísimo presidente de la república, tiene que adecuarse al marco legal existente, como cualquier acción importante de gobierno, más aun cuando se trata de una acción difícil de asumir, dado que el ex presidente ha sido juzgado y sentenciado por graves delitos.
Últimamente está el antecedente que se le dio a José Enrique Crousillat, el ex dueño y zar del canal 4, que como bien sabemos cometió muchos delitos, como el soborno millonario para alterar la libertad de información al servicio de la autocracia fujimorista. Crousillat alteró como buen mafioso los certificados médicos y contó con la complacencia del ex ministro de justicia Aurelio Pastor del segundo gobierno de García Pérez.
Felizmente el sucesor de Pastor fue el distinguido abogado Víctor García Toma, quien después de la anulación del indebido indulto humanitario, completando la resolución del Tribunal Constitucional, emitió una resolución que contenía los requisitos (de a verdad) que son pertinentes para estos casos.
Asimismo se hace necesario que los indultos en lo posible no sean individuales, porque seguramente en las cárceles del Perú hay muchos sentenciados que pasan por la situación de Fujimori, y que también tienen condiciones de salud mucho más graves; por consiguiente la decisión de gobierno de PPK debe ser en conjunto, considerando que si el examen médico muestre la gravedad de los sentenciados.
Queridos amigos, esto último nos habrá de parecer más completa la decisión de gobierno que intenta asumir el actual presidente sobre estos casos de indulto humanitario, pues de indultarse solamente a Fujimori, se estaría privilegiando a una persona y dejando injustamente a muchos peruanos de edad avanzada y con graves dolencias de peligro de muerte.

Atentamente,

Fernando Arce


AVELINO GUILLÉN: “CONCEDER UN INDULTO VIOLANDO LA LEY ES INACEPTABLE EN UN ESTADO DE DERECHO”

Entrevista a Avelino Guillén, el ex fiscal supremo, quien explica cuáles son los requisitos que se tendrían que seguir en el caso de un indulto humanitario a favor de Alberto Fujimori.

Diario “La República”
23 de Septiembre de 2017

El ex fiscal supremo Avelino Guillén explica, con mucho detalle, cuáles son los requisitos que se tendrían que seguir en el caso de un indulto humanitario a favor de Alberto Fujimori. Según su evaluación, no se cumplen las exigencias establecidas por la ley. Advierte que otorgar una gracia en esas circunstancias sería una enorme “vergüenza”.

Si se justifica o no el indulto, eso lo va a determinar la evaluación que se realice sobre el estado se salud de Fujimori. Pero esa evaluación de una junta médica designada por la Comisión de Gracias Presidenciales tiene que realizarse respetando un procedimiento. No puede prescindirse de lo que establece el reglamento de gracias presidenciales.

¿Por qué considera que se quiere prescindir del proceso reglamentario?
Porque se habla o especula sobre la inminencia de un indulto humanitario, pero no se conoce de ningún tipo de procedimiento. Ni siquiera se conoce que el señor Fujimori o un familiar hayan presentado algún tipo de solicitud o un pedido expreso de otorgamiento de indulto humanitario.

Dicho de otro modo, un requisito indispensable es la solicitud expresa de un familiar.
O del propio interno. Eso lo establece el reglamento.

¿Y podría hacer el pedido una tercera persona?
También. El tema es que alguien haga lo presente, con la aceptación del interno, que va a tener que ser sometido a una serie de exámenes médicos. Yo hasta ahora no conozco de ningún ingreso de un expediente ni solicitud a la Comisión de Gracias Presidenciales. Acá lo que se quiere es eludir el cumplimiento de la ley, como si el señor Kuczynski fuera un emperador, un rey. Conceder un indulto violando la ley es inaceptable en un Estado democrático de derecho.

¿Qué pasos exige presentar una solicitud de indulto?
Tienen que presentarse documentos sobre el comportamiento del interno, las historias clínicas del paciente, entre otros. En la anterior solicitud, durante el gobierno de Ollanta Humala, los cuatro hijos llevaron tremendos paquetes con papeles que fueron dejados en la mesa de partes del Ministerio de Justicia.

¿Eso no se está cumpliendo ahora?
No. Y si usted recuerda, el señor Luís Galarreta insistía en que lo único que se necesitaba era “una sola firma” para solucionar el tema, como si Kuczynski fuera un emperador que está por encima de las normas. El artículo 118 de la Constitución establece, como primera obligación de un presidente, cumplir la ley.

¿El presidente no podría otorgar ningún indulto si no se cumplen todos esos requisitos?
Por supuesto que no. Y no lo digo yo, lo dice el propio Tribunal Constitucional, a raíz del indulto humanitario otorgado al empresario José Enrique Crousillat en el gobierno de Alan García. En esa ocasión, se otorgó esta gracia sobre la base de un informe médico falso, y por eso todo se anuló.

Y el TC señaló una serie de pautas que se tienen que cumplir de manera rigurosa.
Así es. Y además sostiene que el presidente tiene que motivar y fundamentar su decisión. Por eso, después de la sentencia del TC, el entonces ministro de Justicia Víctor García Toma emite una resolución ministerial en donde se regula el procedimiento. Así, para un indulto humanitario tiene que darse, al menos, una situación entre estas tres que le menciono: padecimiento de una enfermedad terminal, padecimiento de una enfermedad grave y degenerativa o presencia de una enfermedad mental crónica. El criterio es si la permanencia del interno en el penal pone en grave riesgo su vida.

Porque ningún interno puedo morir en la cárcel.
Por cierto. Cualquier persona merece atención médica. En consecuencia, cualquiera de esas tres hipótesis tiene que presentarse. Lo cierto es que, al parecer, el señor Fujimori no está dentro de ninguno de esos cuadros clínicos establecidos por el reglamento. ¿Entonces cuál es la salida que se pretende dar? Todo apunta a describir una sumatoria de sus dolencias…

Para decir que es una persona débil.
(Fujimori) tiene varias dolencias propias de su edad, pero ninguna de ellas se encuadra en lo que establece la norma. Lo que se debe exigir, simplemente, es el cumplimiento de la ley. Otorgar un indulto humanitario sin que se den los requisitos legales sería una vergonzosa rendición del Estado de derecho frente a la presión inaceptable de una agrupación política.

¿Fuerza Popular está presionando al gobierno para que el indulto se produzca?
Si usted ve el conjunto de las declaraciones de los principales líderes del fujimorismo, se apunta hacia eso. Todos dicen que el asunto se arregla con una sola firma, con un solo gesto, pero nadie habla de que hay que someterse a un procedimiento. Si el señor Fujimori presentara un cuadro clínico que amerita el indulto humanitario, todos estaríamos de acuerdo, yo estaría de acuerdo.

Nadie podría estar en desacuerdo con algo así.
Desde luego que no. Pero, de nuevo: se necesita una evaluación médica.

Un indulto humanitario no implica la exculpación, ¿cierto?
No, pero ellos (los fujimoristas) van a intentar utilizarlo políticamente, ¿no es cierto? Hay dos niveles que se tienen que evaluar. Uno es el tema clínico, pero el otro es el que tiene que ver con la conducta del interno. ¿Ha pedido perdón a los familiares de las víctimas? ¿Pagó la reparación civil? No se ha pagado un sol. ¿De qué proceso de reconciliación se puede hablar si se quiere imponen un indulto que no se ajusta a ley? ¿Cómo se puede cerrar una herida con impunidad?

Esta discusión sobre el indulto dejó de ser legal y es eminentemente política, ¿no?
Por lo que se ve, este es un indulto de carácter político.


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