24-11-2012
La Asamblea Nacional de Ecuador aprobó
el martes la Ley de Redistribución de los Ingresos del Gasto Social, que
contempla una subida de los impuestos a los bancos para financiar los
programas sociales que beneficiarán a las clases más desfavorecidas del país.
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Por primera vez en
la historia de Ecuador, la Asamblea Nacional aprobó el martes una ley para
socializar las ganancias de los bancos, que en los últimos cinco años han
obtenido beneficios extraordinarios, según aseguró el parlamentario William
Black.
El proyecto de ley recibió un importante
apoyo parlamentario, ya que 79 de los 94 diputados presentes en la sesión
votaron a favor de convertirlo en norma jurídica, y solo cinco lo hicieron en
contra, según informó la agencia Andes.
La nueva ley sube del 13% al 23% el
impuesto sobre las ganancias de los bancos, fija en un 12% el IVA de los
servicios bancarios y elimina varias exenciones tributarias, lo que permitirá
al Gobierno recaudar unos 160 millones de dólares anuales.
Con estos ingresos suplementarios el Ejecutivo
tiene previsto financiar parte del proyecto de aumento del Bono de Desarrollo
Humano de 35 a 50 dólares mensuales, lo que supone un coste adicional de 300
millones de dólares. Los beneficiarios directos de este incremento serán cerca
de 1.900.000 ecuatorianos de las clases más pobres, buena parte de ellos madres
solteras indígenas con los hijos a su cargo.
Tres modificaciones
Ha sido necesarias tres modificaciones
para sacar adelante en el proyecto de ley. La más importante, la referida al
traspaso de la carga tributaria a los usuarios. Para evitar que afecte a los
depositarios, la Superintentencia de Bancos tendrá la potestad de fijar el
coste de los servicios bancarios, según explicó el presidente de la comisión de
Régimen Económico, Francisco Velasco.
Además, Velasco indicó que para impedir
que la banca recurra a otros mecanismos para aumentar el coste de sus
servicios, «la Superintendencia de Bancos y Seguros controlará y sancionará de
manera ejemplar a las entidades financieras que recarguen estas reformas
económicas a sus clientes».
El segundo cambio se refiere a la posible
vulneración del secreto bancario que supondrá tan inspección por parte de la
Superintendencia de Bancos y Seguros. Como medida correctora, se ha establecido
que la información obtenida será exclusivamente de uso tributario. «El uso
indebido de la información será sancionado civil, penal o administrativamente,
según sea el caso», indicó el legislador Luis Almeida.
También se ha derogado el decreto
gubernamental que impuso a los promotores de espectáculos públicos la
obligación de retener el valor de un impuesto especial calculado sobre la base
de todos los ingresos que perciba un artista extranjero en el país.
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