¿Teníamos Razón cuando Señalamos que el
Estado Peruano es responsable de su Mala Acción, Contraria a los Derechos
Humanos en el caso del muerto 14?
Estimados amigos:
Esta
es mi posición de lo que he escrito sobre la sentencia que felizmente libra de
cualquier insinuación que ponga en tela de juicio la valiosa acción del Comando
Militar Chavín de Huantar en el rescate de los rehenes de la residencia del
Embajador del Japón, sin embargo, en esta sentencia hay mucho tiempo perdido en
determinar lo sucedido, pues no ha habido claridad, ni análisis de menos a más sobre
la seriedad de los hechos mencionados.
Es
lamentable que estemos ante un proceso lleno de marchas y contramarchas, y
buscando las coordinaciones entre los poderes públicos para limpiar al Estado
Peruano de atentados contra los derechos humanos.
La
Corte de Costa Rica y la CIDH nos dirán si el proceso y la sentencia está
terminado, o si aún se tiene puntos por aclararse sobre la muerte del
terrorista 14, y dónde está el Coronel de Policía Jesús Zamudio Aliaga, (desaparecido)
para hacer frente a la justicia por su presencia y a la defensa que todo
ciudadano le corresponde.
Atentamente,
Fernnado
Arce Meza Surco, 7 de
Agosto del 2013
La Corte Suprema Emite Sentencia Sin
Señalar Autor(es) del Muerto Nº 14 en el Rescate de los Rehenes de la Casa del
Embajador de Japón en Abril de 1997
(Surco, 7 de Agosto del 2013).
El
Poder Judicial inexplicablemente ha demorado más de una década para sentenciar
que el miembro catorce del grupo de secuestradores del MRTA fue ejecutado fuera
del grupo de terroristas que murieron frente al Comando Militar Chavín de
Huantar que, ingreso a la casa del Embajador del Japón a rescatar a los
rehenes. El terrorista llamado Tito murió sin estar mezclado con los otros muertos
en la refriega. Murió a consecuencia de un tiro disparado hacia la nuca y
cuello
El
Poder Judicial en su sentencia final indica que no fue ejecutado por los
miembros del Comando Chavín de Huantar responsable de la misión de liberar a
los secuestrados; asimismo, declara que el grupo del alto comando del ejército
que se hizo presente después de terminada la acción de rescate, el General
Hermoza y el Asesor de Inteligencia Montesinos y sus subordinados tampoco han sido los ejecutores de la muerte
No14.
Sin
embargo, la sentencia dice que Eduardo Cruz Sánchez (a) Tito recibió el disparo
que terminó con su vida después de ser tomado prisionero por la policía
asignada al SIN, luego de la comunicación con el Coronel de la PNP Jesús
Zamudio Aliaga, cuando intenta fugar del lugar de los acontecimientos. Tito fue
entregado a los hombres del grupo a las órdenes de Vladimiro Montesinos del SIN
y del General Hermoza Comandante General del Ejército, por dos modestos
suboficiales de la Policía Nacional.
Por
lógica podemos manifestar que los responsables debieron ser Montesinos, Hermoza
o el personal a sus órdenes, pues estos fueron los que se hicieron cargo
finalmente del terrorista Tito. La sentencia final los exime también de la
muerte, incluyendo al Coronel Roberto Huamán Azcurra, reservándose el juicio a
Zamudio Aliaga, porque nunca se ha hecho presente, no se ha defendido,
obviamente apeló, y probablemente – a buen seguro que todos saben donde está
escondido -.
Además
de la reserva mencionada, no todo estaría cerrado en la sentencia, tanto es así
que en la misma, indica que el caso de Tito es distinto, y que éste si habría sido ejecutado extrajudicialmente,
sin que mediará una orden superior o cadena de mando para matarlo, por lo que piden
a la Fiscalía identificar e investigar a los autores materiales de este hecho.
No
se debe olvidar que la recuperación de la Residencia Japonesa y de las acciones
de combate fue exclusiva del Comando de Chavín de Huantar. Así, acabada la toma
del local dicho Comando en su parte sobre los
terroristas muertos en la refriega señala que son 13. Este hecho
evidencia que el Comando Chavín de Huantar no es responsable de la muerte del
terrorista Tito, ni cabría poner en tela
de juicio su participación en esta muerte.
En
este juicio si se trata de tomar en cuenta que el Poder Ejecutivo, ha buscado
en todos los gobiernos de una manera u otra de establecer coordinaciones con el Poder Judicial para que
se evalúe que el Estado es uno y le corresponde defender al Comando de Chavín y
las sospechas de acciones extrajudiciales de tres terroristas que habrían
quedado vivos, según las declaraciones del diplomático japonés Hidetaka Ogura.
Asimismo,
debemos tomar en cuenta que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la
Corte de Costa Rica no es un tribunal que juzga o condena a personas, sólo
analiza la responsabilidad de los Estados; en este punto el Perú estaría
tratando de no presentar una evaluación contraria al comportamiento del Estado
como responsable de atentar contra los derechos humanos.
En
este caso específico, el Ejecutivo ha tenido o no injerencia en la decisión del
Poder Judicial, debemos manifestar que las pruebas de los audios merecerían de
parte de la CIDH apreciar o determinar su validez. Además, como lo hemos dicho
la CIDH y la Corte no juzgan el comportamiento de las autoridades tanto del
Poder Ejecutivo, como del Poder Judicial.
La
aparente limpieza conque el Estado Peruano se presentara ante los Organismos
Internacionales mencionados, ¿por qué ha
salvado a los posibles responsables de la ejecución extrajudicial del
terrorista 14? Pues por los
malos antecedentes que ostentaban: Montesinos Torres, sus subordinados directos
como el Coronel Huamán Azcurra y el Coronel Zamudio Aliaga. También el General
Hermoza Ríos con sus allegados eran inevitables sospechosos de primera línea, y
tuvieron la suerte de librarse de ser
los “malos de la película”.
Sin
embargo, los peruanos esperábamos no sólo celeridad, sino también claridad en
el proceso judicial y en la sentencia final del Poder Judicial. Por lógica no
podemos negar las escaleras de mando tanto en el Comando de Chavín de Huantar,
como en el Comando del SIN, y porque no decirlo, ¿qué representó la presencia
del General Nicolás Hermoza Ríos al ser el Comandante General del Ejército en
la acción de rescate de los rehenes en la residencia japonesa? ¿Por qué el
gobierno de OHT representando al Estado Peruano, insistiría en librar a
Hermoza, Montesinos, Huaman Azcurra, para que sean liberados por el Poder
Judicial? ¿Y, quién ordenó que se escondiera el coronel PNP Jesús Zamudio
Aliaga?
Sobre
esto último, es imposible que dicho coronel PNP no haya sido ubicado. Esto
merece, primero capturar a este señor sobre la marcha, y segundo, investigar a
los responsables de su aparente desaparición. (*)
Finalmente,
siempre quedan dudas, o mejor dicho aspectos ineludibles de los hechos:
primero, el Comando de Chavín de Huantar no es
responsable de las presencias que lamentablemente han tratado de empañar e
interferir su valiosa acción, especialmente, de parte del Comando del SIN;
segundo, no puede negarse que el muerto 14 fue
ejecutado, desconociéndose quien terminó con su vida;
tercero, porqué no aparece el Coronel de Policía Zamudio Aliaga para someterse
al juicio; y
cuarto, ¿es favorable o no la sentencia ante la
Corte y el CIDH, que libre de los atentados de los derechos humanos al Estado
Peruano, sabiendo de la presencia del Poder Ejecutivo y del Poder Judicial, a
través de acciones de retrasos y avances que entorpecerían la claridad de los
hechos ocurridos? – como últimamente le cupo al abogado Pedro Cateriano Bellido,
que actuó como procurador y después como ministro de defensa, en ambos casos
fue a cuento de coordinar la defensa del Estado.
Surco,
7 de Agosto del 2013.
(*)
Nota: sospecho que a parte de la aparente desaparición, y de ser acusado
culpable del muerto 14, el coronel PNP Zamudio Aliaga no solo está comprometido
con la muerte del muerto 14, sino ha desaparecido realmente por algún comando
paramilitar.
Surco,
01 de Julio del 2015
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