jueves, 2 de julio de 2015

RESPONSABILIDAD DEL ESTADO PERUANO EN LA MUERTE DE TITO EN LA EMBAJADA DE JAPÓN


¿Teníamos Razón cuando Señalamos que el Estado Peruano es responsable de su Mala Acción, Contraria a los Derechos Humanos en el caso del muerto 14?

Estimados  amigos:

Esta es mi posición de lo que he escrito sobre la sentencia que felizmente libra de cualquier insinuación que ponga en tela de juicio la valiosa acción del Comando Militar Chavín de Huantar en el rescate de los rehenes de la residencia del Embajador del Japón, sin embargo, en esta sentencia hay mucho tiempo perdido en determinar lo sucedido, pues no ha habido claridad, ni análisis de menos a más sobre la seriedad de los hechos mencionados.

Es lamentable que estemos ante un proceso lleno de marchas y contramarchas, y buscando las coordinaciones entre los poderes públicos para limpiar al Estado Peruano de atentados contra los derechos humanos.

La Corte de Costa Rica y la CIDH nos dirán si el proceso y la sentencia está terminado, o si aún se tiene puntos por aclararse sobre la muerte del terrorista 14, y dónde está el Coronel de Policía Jesús Zamudio Aliaga, (desaparecido) para hacer frente a la justicia por su presencia y a la defensa que todo ciudadano le corresponde.

Atentamente,

Fernnado Arce Meza                    Surco, 7 de Agosto del 2013



La Corte Suprema Emite Sentencia Sin Señalar Autor(es) del Muerto Nº 14 en el Rescate de los Rehenes de la Casa del Embajador de Japón en Abril de 1997
(Surco, 7 de Agosto del 2013).

El Poder Judicial inexplicablemente ha demorado más de una década para sentenciar que el miembro catorce del grupo de secuestradores del MRTA fue ejecutado fuera del grupo de terroristas que murieron frente al Comando Militar Chavín de Huantar que, ingreso a la casa del Embajador del Japón a rescatar a los rehenes. El terrorista llamado Tito murió sin estar mezclado con los otros muertos en la refriega. Murió a consecuencia de un tiro disparado hacia la nuca y cuello 

El Poder Judicial en su sentencia final indica que no fue ejecutado por los miembros del Comando Chavín de Huantar responsable de la misión de liberar a los secuestrados; asimismo, declara que el grupo del alto comando del ejército que se hizo presente después de terminada la acción de rescate, el General Hermoza y el Asesor de Inteligencia Montesinos y sus subordinados  tampoco han sido los ejecutores de la muerte No14.

Sin embargo, la sentencia dice que Eduardo Cruz Sánchez (a) Tito recibió el disparo que terminó con su vida después de ser tomado prisionero por la policía asignada al SIN, luego de la comunicación con el Coronel de la PNP Jesús Zamudio Aliaga, cuando intenta fugar del lugar de los acontecimientos. Tito fue entregado a los hombres del grupo a las órdenes de Vladimiro Montesinos del SIN y del General Hermoza Comandante General del Ejército, por dos modestos suboficiales de la Policía Nacional.

Por lógica podemos manifestar que los responsables debieron ser Montesinos, Hermoza o el personal a sus órdenes, pues estos fueron los que se hicieron cargo finalmente del terrorista Tito. La sentencia final los exime también de la muerte, incluyendo al Coronel Roberto Huamán Azcurra, reservándose el juicio a Zamudio Aliaga, porque nunca se ha hecho presente, no se ha defendido, obviamente apeló, y probablemente – a buen seguro que todos saben donde está escondido -.

Además de la reserva mencionada, no todo estaría cerrado en la sentencia, tanto es así que en la misma, indica que el caso de Tito es distinto, y que éste  si habría sido ejecutado extrajudicialmente, sin que mediará una orden superior o cadena de mando para matarlo, por lo que piden a la Fiscalía identificar e investigar a los autores materiales de este hecho.

No se debe olvidar que la recuperación de la Residencia Japonesa y de las acciones de combate fue exclusiva del Comando de Chavín de Huantar. Así, acabada la toma del local dicho Comando en su parte sobre los  terroristas muertos en la refriega señala que son 13. Este hecho evidencia que el Comando Chavín de Huantar no es responsable de la muerte del terrorista  Tito, ni cabría poner en tela de juicio su participación en esta muerte.

En este juicio si se trata de tomar en cuenta que el Poder Ejecutivo, ha buscado en todos los gobiernos de una manera u otra de establecer  coordinaciones con el Poder Judicial para que se evalúe que el Estado es uno y le corresponde defender al Comando de Chavín y las sospechas de acciones extrajudiciales de tres terroristas que habrían quedado vivos, según las declaraciones del diplomático japonés Hidetaka Ogura.
                                            
Asimismo, debemos tomar en cuenta que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Corte de Costa Rica no es un tribunal que juzga o condena a personas, sólo analiza la responsabilidad de los Estados; en este punto el Perú estaría tratando de no presentar una evaluación contraria al comportamiento del Estado como responsable de atentar contra los derechos humanos.

En este caso específico, el Ejecutivo ha tenido o no injerencia en la decisión del Poder Judicial, debemos manifestar que las pruebas de los audios merecerían de parte de la CIDH apreciar o determinar su validez. Además, como lo hemos dicho la CIDH y la Corte no juzgan el comportamiento de las autoridades tanto del Poder Ejecutivo, como del Poder Judicial.

La aparente limpieza conque el Estado Peruano se presentara ante los Organismos Internacionales mencionados, ¿por qué ha salvado a los posibles responsables de la ejecución extrajudicial del terrorista 14? Pues por los malos antecedentes que ostentaban: Montesinos Torres, sus subordinados directos como el Coronel Huamán Azcurra y el Coronel Zamudio Aliaga. También el General Hermoza Ríos con sus allegados eran inevitables sospechosos de primera línea, y tuvieron la suerte de librarse de ser  los “malos de la película”.

Sin embargo, los peruanos esperábamos no sólo celeridad, sino también claridad en el proceso judicial y en la sentencia final del Poder Judicial. Por lógica no podemos negar las escaleras de mando tanto en el Comando de Chavín de Huantar, como en el Comando del SIN, y porque no decirlo, ¿qué representó la presencia del General Nicolás Hermoza Ríos al ser el Comandante General del Ejército en la acción de rescate de los rehenes en la residencia japonesa? ¿Por qué el gobierno de OHT representando al Estado Peruano, insistiría en librar a Hermoza, Montesinos, Huaman Azcurra, para que sean liberados por el Poder Judicial? ¿Y, quién ordenó que se escondiera el coronel PNP Jesús Zamudio Aliaga?

Sobre esto último, es imposible que dicho coronel PNP no haya sido ubicado. Esto merece, primero capturar a este señor sobre la marcha, y segundo, investigar a los responsables de su aparente desaparición. (*)

Finalmente, siempre quedan dudas, o mejor dicho aspectos ineludibles de los hechos:

primero, el Comando de Chavín de Huantar no es responsable de las presencias que lamentablemente han tratado de empañar e interferir su valiosa acción, especialmente, de parte del Comando del SIN;

segundo, no puede negarse que el muerto 14 fue ejecutado, desconociéndose quien terminó con su vida;

tercero, porqué no aparece el Coronel de Policía Zamudio Aliaga para someterse al juicio; y

cuarto, ¿es favorable o no la sentencia ante la Corte y el CIDH, que libre de los atentados de los derechos humanos al Estado Peruano, sabiendo de la presencia del Poder Ejecutivo y del Poder Judicial, a través de acciones de retrasos y avances que entorpecerían la claridad de los hechos ocurridos? – como últimamente le cupo al abogado Pedro Cateriano Bellido, que actuó como procurador y después como ministro de defensa, en ambos casos fue a cuento de coordinar la defensa del Estado. 

Surco, 7 de Agosto del 2013.


(*) Nota: sospecho que a parte de la aparente desaparición, y de ser acusado culpable del muerto 14, el coronel PNP Zamudio Aliaga no solo está comprometido con la muerte del muerto 14, sino ha desaparecido realmente por algún comando paramilitar.

Surco, 01 de Julio del 2015

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